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inquilina10

inquilino/a

He tenido que arreglar la cerradura de la puerta (que tiene muchos años) y me ha costado casi 400euros. ¿Quién paga?

Hola,

¿Quien tiene que pagar este arreglo? El inquilino que soy yo, o el casero? Según el casero el no tiene que pagar nada. Pero esto no se consideraría una gran reparación?

gracias!

  • Preguntado por: inquilina10
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (6)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Repetiré mi anterior mensaje, que parece ser que hay trozos que no se leen bien. Esta vez lo resaltaré.

     

    "En estos momentos su casero tiene razón.

    Para que el casero tuviera que hacer frente a ese pago, primero debería haberle comunicado la necesidad ( y que pueda demostrar ese hecho), y segundo, sería el arrendador quién debería enviar al técnico que él escogiese.

    Las cosas hay que hacerlas bien, desde el principio al final. Y en su caso, se olvidó del principio, que es comunicar la necesidad de las reparaciones."

     

    Avisar al arrendador y "hacerle partícipe de todo el proceso" no se hace de palabra, por vía telefónica o por cualquier otro método que no pueda demostrar. Lo suyo es un burofax con acuse de recibo y certificación de texto. ¿ Cómo va a demostrar que le avisó? ¿ Cómo demuestra que no ha habido negligencia por su parte si ha tenido que arreglar la cerradura unas cuantas veces, en vez de substituirla?
    Si hubiera avisado de la necesidad de la substitución hace tiempo, ahora no tendría ese problema, así que dudo mucho que consiga cargar al arrendador con esa factura, ya que su defensa es extremadamente fácil. 

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    Esto dice la LAU sobre las reparaciones debidas al uso y que no son pequeñas reparaciones:

    1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil.

     

    3. El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador. 

    Estás en este último supuesto.

    Ahora, si negociando no llegas a un acuerdo y vais al juez, no sé bien quién deberá demostrar que ha sido por uso ordinario o por mal uso (que es lo único discutible aqui)

    Un saludo.

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • inquilina10

    inquilino/a

    Si, avisé al arrendador de la ruptura, y fue en ese momento en el que me dijo que ese gasto "corría por mi cuenta". Ante la necesidad imperante de entrar en el inmueble llame a un cerrajero para que me arreglara la puerta y poder entrar. ¿Qué iba a hacer sino? ¿esperar a llegar a un aucerdo con el casero (que no iba a ceder) y estar 1 día sin poder entrar?

    El motivo de la ruptura es el paso del tiempo, pues se trata de una cerradura muy antigua que desde siempre ha ocasionado problemas. La he arreglado en multitud de ocasiones, pero en este caso la factura se ha incrementado considerablente pues ha habido qeu cambiar los mecanismos ya que no había otro arreglo posible. Facilmente.... habré gastado cerca de los 900€ en total; cada vez que ha venido el cerrajero han sido 150€, pero esta ultima vez han sido 400€, y ya me supone un gasto demasiado grande!!!

    Cada vez que se ha roto la cerradura he avisado el casero y le he hecho partícipe de todo el proceso, pero él nunca ha pagado nada y siempre se ha desesntendido.

    Gracias

  • usuario eliminado

    Bueno, si la reparacion es urgente y lleva riesgo inminente de daños, puede repararla el inquilino y pedir el importe al casero. 

    Le informó ud. antes de que esto habia pasado a su casero? 

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En estos momentos su casero tiene razón.

    Para que el casero tuviera que hacer frente a ese pago, primero debería haberle comunicado la necesidad ( y que pueda demostrar ese hecho), y segundo, sería el arrendador quién debería enviar al técnico que él escogiese.

    Las cosas hay que hacerlas bien, desde el principio al final. Y en su caso, se olvidó del principio, que es comunicar la necesidad de las reparaciones.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    el porque se ha roto es lo que determinará quien tiene que pagar la cerradura, ya que

    reparaciones pequeñas o que se hayan producido por el mal uso las tiene que pagar el inquilino, y  las reparaciones grandes o que se deterioran por viejas, etc. el arrendador.

    Esto es una reparación grande sin duda, así que el porque de la avería debería determinar quien debe pagarla

    Saludos

    oscar

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