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Leo

profesional

Derecho a prorroga
Estimados señores,
si un inquilino cumpla con las condiciones y no existe necesidad directa familiar por parte del propietario, siempre se aplica la ley de arrendamientos con derecho de prorroga ? Es decir una vez cumplido el prime año, el inquilino tiene derecho a dos años opcionales ? Influye también valor mercantil de la propiedad, por ejemplo más de 2 millones y ingresos del inquilino ? Qué tál en caso de pagar el alquiler por año en adelantado ?
Muchas gracias si me pueden contestar lo más pronto posible. Un cordial saludo
Leo
  • Preguntado por: Leo
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,
    desde 2013 se ha eliminado al excepción de la aplicación de la normativa de arrendamientos de vivienda a lo que se denominaba "viviendas suntuarias". Por tanto, ahora toda vivienda, por muy alta que sea la renta, entra dentro del arrendamiento de vivienda y reconoce a todos los arrendatarios los mismos derechos.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario 
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si un inquilino alquila un inmueble como vivienda, y  no existe necesidad  por parte del propietario,  tiene derecho a prórrogas hasta 3 años por mucho dinero que gane.
    Papeleos Alquiler
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