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Ana

inquilino/a

ausencia de derecho de adquisición permanente
¿Hasta qué punto tiene derecho el arrendador a incluirte una cláusula en el contrato de arrendamiento a través de la cual el arrendatario renuncia expresamente y de manera irrevocable a los derechos de adquisición previstos en la LAU? Negarte a incluir esa cláusula como arrendatario, ¿le da derecho al arrendador a decidir no suscribir un contrato de arrenamiento?
  • Preguntado por: Ana
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Tanto el arrendador como el arrendatario... tienen derecho SIEMPRE a decidir no suscribir un contrato de arrendamiento.


  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Ana:
    La renuncia al derecho de adquisición preferente por el arrendatario en los casos de venta de la vivienda está contemplada en el art 25.8 LAU 1994, siendo perfectamente válida su inclusión en un contrato de arrendamiento.
    "8. No obstante lo establecido en los apartados anteriores, las partes podrán pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente.

    En los casos en los que se haya pactado dicha renuncia, el arrendador deberá comunicar al arrendatario su intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la fecha de formalización del contrato de compraventa."

    Como puede comprobar, la citada cláusula únicamente sería de aplicación en caso de venta de la vivienda.
    Reciba un cordial saludo. https://letradosalquileres.es.tl
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