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Hola,
Soy inquilina y comparto un piso en Barcelona con una amiga.
He entrado hace poco y queremos cambiar el titular del contrado (hoy al nombre de la antigua inquilina). Pero la compañía nos obliga a hacer la revisión de la instalación electrica para cambiar de titular estipulando que hace 20 años que no se ha hecho.
Hemos pedido un presupuesto de lo que costaría la dicha revisión y puesta en adecuación a la normativa, que era de 300€.
Lo enviamos a la agencia para que lo comente con la propietaria. Pero la agencia nos dice que este coste viene a cargo del inquilino como escrito en el contrato. Aunque esté en el contrato, me parece ilegal.
Me parece que una instalación eléctrica correcta hace parte de la habitabilidad de la vivienda y que el propietario es responsable de ello, verdad?
Qué podemos hacer, no tenemos ningún medio...
Gracias Domus por tu respuesta.
Vamos a seguir con ello y espero que no tendremos que llegar a proceso jurídicos.
Aurelie
El problema es que la ex-inquilina es una amiga mia y ha tenido tantos problemas con sus pisos, que nos esta persiguiendo para que cambiemos el titular. Es francesa, y a las francesas no les gusta cuando no están en regla las cosas! :) No quiere que en x momento por ejemplo, si me voy del piso y que la próxima persona que entra no paga sus factura, se giran hacia ella.
Entonces, por supuesto domicilie las facturas en mi cuenta. Pero no se puede dar de baja ni de alta ningun titular de la cuenta hasta que hagamos la revisión.
Me sabe mal para mi amiga pero 300€ de revisión por eso, no vale la pena.
Efectivamente el mantenimiento de la vivienda y sus instalaciones en condiciones de habitabilidad es obligación del propietario. No hacerlo así supone un incumplimiento ante el que el inquilino tiene dos opciones:
Exigir dicho cumplimiento, planteándoselo primero directamente, por escrito (burofax, con acuse de recibo) exponiendo las exigencias de la compañía eléctrica y su carácter obligatorio. Si aún así persiste el incumplimiento, habría que demandarla judicialmente (proceso largo y costoso).
La segunda opción es advertir al propietario en ese burofax que si no acomete la medida se dará por extinguido el contrato, fijando una fecha razonable para que puede acometer la revisión, transcurrida la cual se entenderá extinquido el contrato en el día último del mes correspondiente.
AQunque el contrato esté a nombre de una ex-inquilina la empresa no lo dareá de baja y la ex-inquilina posiblemente ni se acuerde. Entonces, domicilia en tu cuenta dicha factura para pagarla cuando proceda y no tienes más que hacer. Yo hice una vez que me entregaron el piso una baja de inquilino y alta al mismo tiempo a mi nombre para evitar se dieran cuenta del mucho tiempo transcurrido ( era de renta antigua). saludos,