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Marija

inquilino/a

¿Por qué a veces ponen en el contrato de alquiler que es una vivienda secundaria?
Voy a firmar un contrato de alquiler de 6 meses para empezar. y en mi contrato han puesto que es una vivienda secundaria y eso no es cierto. Eso va a ser mi vivienda habitual y no secundaria. ¿Qué ganan poniendo esa cláusula?
  • Preguntado por: Marija
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Lucinda ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si en realidad es una edificación en la que el inquilino satisface su necesidad permanente de vivienda y lo puede acreditar el hecho de que en el contrato figure otra cosa carece de validez ya que será una condición nula por impuesta.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Lucinda

    casero/a

    Ponen que se trata de una vivienda secundaria para librarse de las prórrogas obligatorias del contrato.

    Te explico: La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el contrato de alquiler se puede hacer por la duración que se quiera, un mes, seis meses, un año ..., pero que si el contrato es inferior a cinco años, cuando llegue la fecha de fin de contrato, éste se prorrogará de forma obligatoria con carácter anual hasta sumar un mínimo de cinco años. Es decir, el casero no puede pedir al inquilino que abandone la vivienda si éste cumple con todas sus obligaciones y quiere permanecer en ella.

    El casero se libra de estas prórrogas obligatorias sólo si ha incluido una prórroga en el contrato en la que se dice que no se harán estas prórrogas si él necesita la vivienda para vivir en ella.

    Otra forma de librarse de las prórrogas obligatorias es hacer un contrato de vivienda no habitual o secundaria o de temporada, que es lo que intenta tu casero. Se acogería a lo que dice el artículo 3.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que tendrán la consideración de arrendamientos para uso distinto del de vivienda (y, por tanto, excluidos del plazo legal mínimo de duraciónde 5 años del alquiler establecido por la Ley para los arrendamientos de vivienda) “los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra…”.

    Hay jurisprudencia que estima que si el piso alquilado no es la vivienda habitual del inquilino, es decir, es su vivienda secundaria, entonces se puede considerar un alquiler de temporada.

    Aunque no basta con poner en el contrato que es la vivienda secundaria, hay sentencias que afirman que en el contrato de temporada tiene que constar expresamente la causa que justifica la temporalidad, distinta de la de vivienda permanente.

    Tú comentas que va a ser tu vivienda habitual, así que debes exigirle al casero que quite lo de vivienda secundaria del contrato de alquiler y si insiste en dejarla indícale que no basta con poner vivienda secundaria para que se considera contrato de temporada, que tiene que indicar qué uso vas a dar a la vivienda y por qué es secundaria (si es por estudios, traslado laboral temporal, vacaciones ...)
    • Respondido por: Lucinda
    • Hace 15 años
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