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ana otero

inquilino/a

He alquilado un piso para entrar a vivir el 1 de Noviembre. Le he pedido al casero que me de 2-3 días para hacer la mudanza.
El piso donde vivo a hora tengo que dejarlo el 30 de Octubre. El casero del nuevo piso me exige que le pague esos 2-3 días de mudanza como si ya estuviera allí viviendo. ¿Tengo algún derecho a reclamar esos días sin tener que pagarlos?
  • Preguntado por: ana otero
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
Antonio Postigo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Antonio Postigo

    profesional

    Cuando tomas en arriendo una propiedad el dueño deja de tenerla a su disposición. El que la utilices o la dejes cerrada es indiferente.

    El alquiler te permite el uso y disfrute de la vivienda.

    Según el diccionario alquiler es "Dar a alguien algo, especialmente una finca urbana, un animal o un mueble, para que use de ello por el tiempo que se determine y mediante el pago de la cantidad convenida", por lo tanto pagas una renta a cambio de usar la vivienda "en lugar del propietario...".

    Por lo tanto, en el caso que nos ocupa la propiedad está en poder del inquilino desde el 1 de noviembre y no se puede exigir la entrada a la vivienda antes de que comience el propio alquiler.

    Un consejo: Ese es uno de los muchos detalles que se pueden negociar/acordar antes de la firma del contrato de arrendamiento. Igual que se pueden negociar algunas condiciones del arrendamiento, también esa es negociable. ¿acaso no se pregunta si el precio es negociable, o quien paga tal o cual gasto?

    Un saludo.
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