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Angela

inquilino/a

Pago de IBI por inquilino.
He alquilado una casa en Septiembre y me hago cargo del Ibi en el contrato , no especifica la fecha en que se me pasará dicho importe. Puedo decidir pagarlo al año de estar en la casa ?, puesto que el pago se supone que es anual y no cuando lo reciba la dueña , que puede ser a lo mejor dentro de un mes ? , al no especificarse fecha en el contrato  , puede resolver el contrato la propietaria??
Agradezco respuesta , gracias Angela
  • Preguntado por: Angela
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Angela:


    El IBI deberá pagarlo cuando su arrendadora se lo pase al cobro, salvo que llegue a un acuerdo distinto con ella, el cual deberá plasmarse por escrito y anexarse al contrato de arrendamiento.


    reciba un cordial saludo.



         http://letradosalquileres.es.tl 


  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Debes pagarlo cuando se emita el recibo.
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