Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

José Antonio

inquilino/a

El arrendatario me ha enviado un burofax para el desalojo
El casero nos ha enviado un burofax para el desalojo del piso, Llevo cerca de 5 años en la vivienda hemos ido haciendo contratos año a año hasta hace dos años que dejamos de hacerlo, con las mismas seguimos pagando religiosamente mes a mes nuestro sin problema, hace unos meses tuvimos un problema con la casera la cual nos amenazó diciendo que nos iba a enviar un burofax el cual no creíamos en que lo haría hasta el día de hoy que ha llegado. Estamos viviendo con nuestro hijo en Málaga en una zona la cual a estas fecha es imposible encontrar nada debido a su proximidad al verano y nos pide desalojo el 30 de junio. Hasta cuándo tenemos legalmente de cara a la ley para desalojar? Ya que no tenemos donde ir
  • Preguntado por: José Antonio
  • Hace 5 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Victor G

    inquilino/a

    José Antonio, un burofax no es una orden de absolutamente nada. Sólo es una comunicación fehaciente. Es decir, una comunicación de la que queda constancia de todo. Remitente, destinatario, fecha y hora, y contenido. Pero nada más. Por eso hasta puede dar para carcajada eso de "amenazar con mandar un burofax" como si fuese una bula papal.


    Con la ley en la mano, si usted firmó su último contrato hace dos años, aún le queda un tercero de disfrute de la vivienda. La propietaria no tiene autoridad para denegarle ese año a su capricho.
    Comuníquele por burofax que le deniega la entrega al no darse ninguno de los supuestos previstos por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
    • No se han acreditado incumplimientos graves tipificados en el artículo 27.
    • La propiedad no ha acreditado necesidad de la vivienda para uso propio (artículo 9.3).
    • La duración mínima del contrato, al no haber necesidad para uso propio, se extiende obligatoriamente a tres años.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tienen derecho a estar ahí, mínimo, hasta el tercer cumpleaños del último contrato. Si ya pasaron los 3 años, entonces su arrendador puede dar por finalizado el alquiler siempre que les preavise con 30 días de antelación al próximo cumpleaños del contrato.
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas