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NLG

inquilino/a

Compartir piso
Mi compañera de piso ha decidido irse voluntariamente del piso dónde aún tenemos contrato. Las cosas que compramos en común, ¿puedo negarme a que se lleve las cosas que compramos juntas por irse ella del piso? Gracias
  • Preguntado por: NLG
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    Y en esa exposición estás equivocada Amparo. Las sentencias a las que he hecho referencia dejan claro que la renuncia de uno de los inquilinos no obliga al otro a asumir la totalidad de la renta a no ser que así lo manifieste expresa o tácitamente. Por lo tanto las consecuencias derivadas de ejercer ese derecho no son las que tratas de exponer
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Claro que tienen el derecho al desistimiento.  Esa parte la tenemos todos clara.

    Yo solo pretendo exponer, o prevenir  las posibles consecuencias que ejercer ese derecho sin el beneplácito de los otros inquilinos solidarios puede acarrear.
  • usuario eliminado

    Amparo es demasiado presuntuoso por su parte tener ese tipo de sensaciones. Respecto a su ultima aportación, que es lo que corresponde valorar aquí y nada más, los enlaces que subscribe de Pholmo no van en sentido contrario al que yo he expuesto, como parece quirere dar usted a entender, La jurisdicción a la que yo he hecho referencia deja claro que aun actuando los inquilinos de forma solidaria en ese contrato pueden ejercer independientemente todos sus derechos entre ellos el de desistimiento
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Carlos, a veces tengo la sensación - dígame si me equivoco -
    que cada vez que usted lee una intervención mía, me contradice por
    norma...
    Yo  no estoy diciendo que la compañera NO PUEDA  IRSE... solo que la
    inquillina que queda, podrá demandarla por los perjuicios que su
    desistimiento anticipado, aunque tenga derecho a él, causen a la
    inquillina que desee permanecer.
    Esto también es de Pedro.. https://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/desistimiento-contrato-alquiler-compartido_73874.html
    Y esto que está en el blog de EnAlquiler, está escrito por Pholmo.

    ¿Cuáles son los problemas más comunes que surgen cuando se comparte piso en alquiler y cómo solucionarlos?
    a)
     Para el casero el problema más importante es que uno de los inquilinos
    decida hacer uso de su facultad de desistimiento a los seis meses, sobre
     todo si se trata de un alquiler de vivienda y ese inquilino es el más
    solvente y le deja con los que carecen de esa solvencia. La solución puede ser cualquiera de éstas:

    I.-
     Que cada avalista lo sea de todos los inquilinos, durante toda la
    vigencia del contrato y cubriendo solidariamente todas y cada una de las
     obligaciones contractuales de esos inquilinos, alquileres, desperfectos
     y consumos, previendo incluso el desistimiento de su avalado

    II.-
     Un aval bancario que cubra solidariamente a todos los inquilinos y que
    tenga la misma duración que el contrato y sus posibles prórrogas.
    III.-
     Prever en el contrato, que caso de desistimiento, el inquilino que
    desiste queda convertido en avalista personal y solidario de las
    obligaciones de los inquilinos que permanecen.
    IV.-
     Pactar una cláusula en virtud de la cual el desistimiento unilateral de
     uno de los inquilinos permitirá al arrendador dar por terminado el
    contrato.
    b) Para los
    inquilinos el problema principal y más frecuente de lo que se espera, es
     la ruptura de la convivencia, y los problemas de todo tipo que ello
    genera, la solución es doble:
    I.-
     Pactar por escrito unos Estatutos o Reglas de convivencia que regulen
    lo más pormenorizadamente posible los derechos y obligaciones de cada
    uno de esos inquilinos.
    II.- Constituir un fondo de reserva depositado en un banco que solo
    pueda ser utilizado con la firma mancomunada de dos inquilinos, la
    cuantía, financiación y supuestos de utilización deben estar previstos
    en los estatutos o reglas antes referenciados.
    FUENTE :http://blog.enalquiler.com/2016/destacados/evitar-problemas-alquiler-compartido/


    Espero NLG, haberle orientado, que es de lo que se trata.

    Feliz sábado

  • usuario eliminado

    Amparo, hace unos meses hubo este mismo debate en este foro y PHOLMO nos ilustró en ese momento indicándonos que no es tal como tu lo expones. http://www.pedrohernandezabogado.com/2015/11/el-desistimiento-de-un-inquilino-en-un.html?m=1
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puedes hasta demandarla por los perjuicios que te va a causar a ti ... Porque ahora te va a tocar pagar el doble de la renta!!!
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