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JDCG

inquilino/a

El casero me pide 2 meses de fianza: 1300€. ¿Debe salir este importe en la cláusula referente a la fianza?

He leido en el Art. 36 de la ley de Arrendamientos Urbanos que sólo debe ser d 2 meses en caso de locales, viviendas destinado a otros usos.

Mi miedo es a la hora de finalizar el contrato que si ya hay problemas en que te devuelvan una fianza si son 2 ya pues menos. Qué debo exigirle en el contrato? que ponga la cifra de 2 fianzas en dicho apartado o en otra cláusula que me asegure dicha devolución con la diferencia de desperfectos si lo hubiere.

Gracias ! 

  • Preguntado por: JDCG
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Fianza = 1Mes

    Garantia Adicional = 1Mes

     

    Ambos deberian figurar en el contrato y tener recibos de ellos.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La fianza puede ser la legal obligatoria, uno o  dos meses si es vivienda o no lo es, y la adicional o complementaria en la que hay libertad de pactos. Desde luego ambas deben hacerse constar separadamente en el contrato.

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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