Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Roberto Gastaminza

Roberto Gastaminza

inquilino/a

Alta agua y luz
Buenas tardes, firmé un contrato en el que se dice que el arrendatario tenía que hacerse cargo de un cambio de titularidad de los suministros. Sin embargo, tras entrar en el piso descubro que el arrendador quiere que yo (arrendatario) pague el alta de dichos suministros. Adjunto en el link siguiente lo que pone en el contrato:  https://drive.google.com/open?id=1DHM75spmoGbDzX1OXQwmk3oY5GXh18Xm
Hablando con un abogado me dijo que como en el contrato pone que yo tengo que pagar el cambio de titularidad, se da por sentado, que los suministros ya estaban dados de alta y si así no es, estos tienen que ser pagados por el arrendador. Me gustaría de todas formas también saber vuestra opinión.

Por otro lado, en los casos en los que los suministros no están dados de alta, como puede pensarse que la casa está en condiciones habitables? Claramente sin agua y luz es imposible limpiar un piso y cuanto más tiempo pase más sucio estará. Sin tener en cuenta que no conozco a nadie que viva sin agua y luz, por lo que para que una vivienda está en condiciones habitables no veo posible que los suministros no estén dados de alta. Muchas gracias! 
  • Preguntado por: Roberto Gastaminza
  • Hace 5 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (17)
nacho ha sido el primero en contestar
nacho ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Haga caso a la recomendación de Pholmo, es del todo acertada.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Roberto, en mi opinión que cederá ante otra mejor fundada, debe usted pagar el alta de esos suministros, reclamarle al casero esos importes, primero por vía extrajudicial y luego por vía judicial, el pleito puede ser largo y caro.
    También puede usted, con menos garantías de éxito, pagar y notificar de modo fehaciente al casero que, por razones de urgencia, ha pagado algo que le correspondía al arrendador y que procederá a descontarlo del alquiler. Si le pone un juicio de desahucio y tiene suerte el juez puede inadmitir el desahucio por ese motivo. No es fácil. Le dejo un enlace que le puede servir:
    ¿Puede el inquilino deducir del alquiler gastos que haya atendido?

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 5 años
  • Roberto Gastaminza

    Roberto Gastaminza

    inquilino/a

    Muchas gracias! El problema fundamental es que por lo que yo sabía los suministros estaban dados de alta, entonces el contrato tenía sentido. Se alquilaba en el estado actual y yo solo tenía que hacer un cambio de titularidad.
    Gracias de nuevo!
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Roberto, esa clausula es un poco confusa, ya que parece que los suministros estarían dados de alta pero a su vez dice que "La vivienda se alquila en su estado actual de las acometidas y ramales.............................", el error fue suyo no comprobarlo y Ud. acepto.
    Como dicen si descuenta el importe de alta de la renta,pueden demandarle por falta de pago de la renta.
    consulte con un abogado y cuando se vaya del piso vuelva a dar de baja los suministros, mas no puedo decirle
    • Respondido por: nacho
    • Hace 5 años
  • Roberto Gastaminza

    Roberto Gastaminza

    inquilino/a

    Si me pusiera un deshaucio por
  • Roberto Gastaminza

    Roberto Gastaminza

    inquilino/a

    Si pusiera un desahucio por falta de pago yo no puedo alegar en la misma demanda el motivo por el cual he pagado una cuantía reducida? Pues todo habría empezado porque el dueño incumplió el contrato. Si no fuera así, no entiendo porqué el dueño puede incumplir el contrato.  Según usted, PHOLMO, de que forma debería proceder para que el dueño pague lo que le corresponde?  Por último, PdC, no entiendo porque dice que la decisión es unilateral. La decisión es bilateral puesto que en el contrato, que el mismo dueño ha firmado, pone que el inquilino tiene que pagar el cambio de titularidad, por lo que se deduce que los suministros tienen que estar dados de alta y ser pagados por la única otra parte existente: el dueño. 
    Gracias de nuevo por vuestro tiempo y ayuda!
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Tal como le dice Pholmo, en los contratos de arrendamiento existen derechos y obligaciones, y una de sus obligaciones es el pago de la renta. Por lo tanto, no se puede detraer de la renta dicho importe por una decisión unilateral...se trata de asuntos que conciernen al mismo contrato pero de obligaciones diferentes.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Roberto el problema para usted es que si le pone un desahucio por falta de pago de la renta, en ese juicio no podrá invocar nada del interesante debate que antecede. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 5 años
  • Roberto Gastaminza

    Roberto Gastaminza

    inquilino/a

    Hola " PdC sociedad inmobiliaria", por prueba a que se refiere?
    Hay un email en el que informo al dueño que quité los gastos de alta de los suministros de una mensualidad porque según el contrato están a su cargo y él me contesta que no es así y los tengo que pagar yo. Por lo que, ya que procuro hacer las cosas bien, le devolví el dinero y me estoy informando.Entiendo entonces que se los puedo quitar de la próxima mensualidad y que si el dueño no está conforme me puede demandar pero según lo que dice el contrato tendría razón yo. Es así?
    Muchas gracias por su tiempo y ayuda.
  • Roberto Gastaminza

    Roberto Gastaminza

    inquilino/a

    Muchas gracias " PdC sociedad inmobiliaria", por documento a que se refiere? He mandado un email al dueño, puesto que le había detraído el importe del alta de una mensualidad, pero el dueño me contestó que según el contrato tenía que pagarlo yo. Por lo que le he devuelto esa parte y ahora me estoy informando. A mí en el contrato parecía claro que tenía que pagarlo el dueño pero me gusta ser preciso y estar seguro 100%, por lo que ahora me estoy informando y el mes que viene le quitaré de la mensualidad de nuevo los gastos de alta. Me confirmáis que est ÿ
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Añadir que, como casi todo este tipo de conflictos, la prueba es fundamental. Debe haber un soporte que acredite su desconformidad y que exige que se realice el alta...de esta manera se evita que pueda llagar a pensarse que usted esta de acuerdo con dicha situación
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días, Comparto la opinión tanto de nacho como de Amparo. Es perfectamente legal arrendar una vivienda sin los suministros dados de alta, es más, la grandes tenedoras de inmuebles en arrendamiento (fondos, bancos...) es así como actúan.  En cuanto a su caso, viendo la cláusula del contrato que adjunta, no hay manera de entender que es usted el responsable del alta de dicho suministro, puesto que, como bien le han apuntado, se habla de cambio de titularidad, lo que lleva implícito la existencia del alta. Un saludo PdC Sociedad Inmobiliaria
  • nacho

    nacho

    casero/a

  • Roberto Gastaminza

    Roberto Gastaminza

    inquilino/a

    Hola Amparo, Nacho me dio su respuesta leyendo la cláusula del contrato, usted me podría decir también su opinión al respecto por favor?  En el código civil pone que el piso tiene que estar en condiciones habitables, lo que dice usted de que solo tiene que tener los boletines necesarios para el alta actualizados dónde está escrito? Es una interpretación de habitable? Pues por mucho que uno tenga esos boletines activos no conozco a nadie que viva en un piso sin dar de alta los suministros.
    A ambos muchas gracias por vuestro tiempo y ayuda! 
  • Roberto Gastaminza

    Roberto Gastaminza

    inquilino/a

    Porque alquilé el piso solo viendo las fotos y leyendo el contrato via email.  Lo que no me queda claro es cómo voy a recuperar el dinero del alta de los suministros, supongo debería quitárselos del alquiler de un mes incurriendo así en una discusión con el arrendador. De todas formas si hubiera visitado la vivienda en verano (que es la temporada en la que contraté el piso) de día probablemente no me habría dado cuenta que la luz estaba dada de baja ya que el piso es tan luminoso que apenas hacía falta encender nada.
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas