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sam49

inquilino/a

¿Alquileres con servicios extra que no se pueden usar?

Me gustaria saber cuando se alquila una propiedad con servicios extras como gimnasio o spa o pistas de tenis, etc... si no se puede disfrutar de esos servicios pero en el contrato de alquiler pone que tienes acceso a ello, ¿se puede reclamar?, si es asi ¿cómo hacerlo?

  • Preguntado por: sam49
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Pues yo discrepo en redondo ,ya que opino que si se alquila una vivienda con unos extras como dice,que por supuesto que los emplean como acicate para el alquiler y luego resulta que no puedo disponer de los mismos........Pues igual me mosqueo y le reclamo al casero y me tiene que reajustar el precio ¿no os parece?

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pues si es por averias, poco puedes reclamar. 

    Intenta pactar con tu arrendador una rebaja, a ver si cuela, o cambia de vivienda al finalizar el contrato, con el correspondiente preaviso fehaciente ( fehaciente = burofax).

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Sam:

    Coincido con la respuesta del sr Crazyh.

    Reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • sam49

    inquilino/a

    Es mas bien por averias o desperfectos pero al final de 365 dias se pueden usar 50

    • Respondido por: sam49
    • Hace 11 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Primero hay que ver porqué no puedes disfrutar de esos servicios. Si es porque ha habido un acuerdo en junta de comunidad para suspenderlos, lo llevas claro para poder reclamar algo.

    Explica un poco más en este mismo hilo, aunque la respuesta será que deberás llevar el contrato a un profesional para que pueda leer el contrato y su redacción y ver qué acciones legales se pueden emprender.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • usuario eliminado

    Buenos días

    Si en el contrato expresamente le facultan para el uso de dichos servicios, el arrendador está obligado a mantener el uso pacífico de inmueble arrendado y al cumplimiento de las condiciones del contrato.

    Si continúa vigente el arrendamiento exija fehacientemente que le facilite el propietario el acceso a dichos servicios y, caso de negativa exija judicialmente sus derechos o resuelva el contrato con solicitud de daños y perjuicios (art. 1124 / C. Civil)

    Si el contrato ya se extinguió, previa valoración de dichos servicios en relación al total de la renta, tiene usted derecho a reclamar su precio 

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 11 años
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