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Jose Manuel Alvarez

casero/a

Tengo el certificado de eficacia energética desde el 23/02/2014 de un piso de alquiler. ¿Es obligatorio que lo registre?

En la Junta de Andalucia me dicen que es el propietario quien tiene que registrarla, y el tecnico que me ha hecho el estudio darne una serie de archivos para hacerla a traves de internet. El tecnico me dice que segun la ley no es obligatorio registrarla. Me tienen hecho un lio.

 

Gracis por la respuesta

  • Preguntado por: Jose Manuel Alvarez
  • Hace 9 años
  • Categoría: Eficiencia energética
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Ingeniero Humberto ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    Si Humberto, ya me fijado.

    He puesto el link porque en la página de internet dice: "el certificado será presentado en el Registro Andaluz de Certificados Energéticos", es decir, usa el imperativo, y por tanto se deduce que es obligatorio presentarlo (online o no) que es lo que realmente pregunta Jose Manuel.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 9 años
  • Ingeniero Humberto

    Ingeniero Humberto

    inquilino/a

    No sé si te refieres a lo mismo, pero la presentación es online y no física, como se ve en el link que dejaste:

    "tramitación electrónica: Solicitud on-line"

  • usuario eliminado

    En Andalucía parece que es obligatorio presentar el certificado para su inscripción en el registro según se deduce del siguiente enlace.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 9 años
  • Ingeniero Humberto

    Ingeniero Humberto

    inquilino/a

    Lo que le han dicho en la Junta es correcto, según ese R.D. el certificado deber de ser registrado por el propietario/a. Sin embargo, algunas comunidades realizaron un Decreto posterior (como en Canarias) en el que dicen que debe de ser responsabilidad del técnico que firma el certificado quien debe de registrarlo; porque, aunque todo se hace por internet desde cualquier lugar, no es tan fácil hacerlo porque se necesita un certificado digital que casi nadie tiene, pero los técnicos que nos dedicamos a esto sí lo tenemos.

    No sé si en Andalucía existe ese Decreto que obliga al técnico a registrarlo, pero por lo que usted comenta no creo que exista por lo que es responsabilidad suya el registrarlo (o pagarle al técnico que le hizo el certificado o a otra persona el registrarlo en su nombre).

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La obligatoriedad del CEE fue una improvisación bastante chapucera que por lo que veo persiste, digale al técnico que esa afirmación de no obligatoriedad se la ponga por escrito ya que le ha cobrado supongo, ya sabe 'las palabras se las lleva el viento'

    En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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