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Stobena

inquilino/a

¿Puede reclamarme una mensualidad por incumplimiento de contrato por preavisar con 28 días y no con 30?

Avisé el 20 de febrero por teléfono y a los 2 días firmamos un documento indicando que ese día 22 le ponía en conocimiento mi voluntad de dejar el piso el 20 de marzo. Después de la entrega de llaves, me llama y me dice que me va a reclamar una mensualidad por incumplimiento contractual por no dar el preaviso de un mes!! En el contrato consta que es obligatorio preavisar con un mes y se indicó que en caso de que el inquilino no le avisara (no que no le avisara con un mes, sino simplemente que no le avisase), tendría derecho a una mensualidad. El tema es que bailan dos días, si tenemos en cuenta que el documento inicial es del 22 de febrero. El problema es que todavía tiene la fianza para devolvermela y tengo miedo que quiera retenerla. ¿Cómo puedo hacer para que me devuelva la fianza? ¿Puede reclamarme por vía judicial por incumplimiento del contrato?

Gracias

  • Preguntado por: Stobena
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Marta26 ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Vergüenza de gremio me da tu casera.

    insisto a todos los inquilinos. Cuando busquéis piso. No solo fijaos en el piso, prestad atención también a la persona.

     

     

     

  • Stobena

    inquilino/a

    Más que quisquillosa, pesetera y ruín... es indignante que los propietarios reciban todas las garantías para que no se sientan perjudicados por malas prácticas de los inquilinos, y a la inversa no tengas ninguna protección. Me parece fatal que para recuperar la fianza en la Cámara de la Propiedad no se exija que acudan ambas partes... me tengo que fiar de la buena fe del propietario....

    No he entendido lo de los 11 meses... es decir, hace más de 1 año que estaba en el piso, de hecho, ya hacía dos años...

    Si hace falta la pelearé judicialmente, el importe es de justamente 900 euros... esto quiere decir que es necesario abogado y procurador?¿

    • Respondido por: Stobena
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    quisquillosa? ja.

    Lo que pasa que se agarra a un clavo ardiendo para no dar un dinero que no tiene.

    Como no arreglen la ley de arrendamiento, esto cada vez se pondrá peor...tiempo al tiempo.

    Lo tienes mal para que esa "persona" te devuelva la fianza, vas a tener que pelearla judicialmente, si es inferior a 900 euros no necesitarás ni abogado ni procurador, si es superior, entonces la perderás igual pues la minuta de esa gente se la comerá.

    Qué triste es este  pais.

  • Marta26

    casero/a

    Pues si que es quisiquillosa tu casera, el problema que no tendrías que haber aceptado que pusiera 22 en lugar de día 20 ya que fue cuando la llamaste.

    pero al no haber cumplido los 30 días si que puede acogerse a esa clausula, que solamente es válidad si la avisas antes de que se cumpla la anualidad. Es decir no puedes dar el preaviso en meses al azar, solamente en el mes 11 de tu contrato.

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
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