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arrata

inquilino/a

¿Qué hago sin en la entrega de llaves no firmé nada y ahora no devuelve fianza?

Hace dos meses finalicé el contrato de alquiler, en el momento de la entrega de llaves no firmé ningún documento y el casero quedo en devolverme el dinero una vez descontadas las cantidades de luz y agua del último mes en viví en la casa (avisé con 1 mes de antelación telefónicamente).

Han pasado dos meses y el arrendador (que en realidad es una constructora familiar) dice que me va a devolverme el dinero de la fianza, pero no para de darme escusas cada vez menos creibles. La casa la deje en perfectas condiciones (incluso mejor que la encontré, tonto de mí).

El único documento que tengo oficial es el aviso a la junta de andalucía para dejar de percibir la ayuda del alquiler. ¿Podría valer como justificante de que deje el piso en la fecha indicada?

Saludos y gracias,

  • Preguntado por: arrata
  • Hace 11 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Supongo que las reclamaciones de devolución de la fianza no han sido fehacientes, al no tener documento firmado, y aunque no soy muy partidario de los burofaxes, este es el caso en que le convendría ponerle uno manifestando que habiendo transcurrido mas de un mes desde la fecha XXX de entrega de la vivienda le reclamará judicialmente la fianza con sus intereses de demora.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Puede demandarle, ya que al haber entregado las llaves y la posesión, si no hay nada firmado, el arrendador acepta la vivienda tal y como está, y por lo tanto está obligado a devolver la fianza integra en el plazo de 30 dias, descontando solo los suministros que pueda demostrar con recibos y por fechas que han sido consumidos por usted e impagados

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