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NereaZubiaurre

inquilino/a

¿Puedo rescindir mi contrato de alquiler antes del año?

Hola,

Mi pareja y yo nos mudamos a un loft en un bajo hace 3 meses. Muy bonito y aparentemente sin mayores problemas. Sin embargo, nuestra calle es el cagadero oficial de todos los perros, lo cual no nos permite ni abrir las ventanas para ventilar la casa ya que al ser un bajo el hedor es insufrible. Por otro lado, la casa no tiene ningún tipo de insonorización (incluso tiene un falso techo que hace eco de los ruidos de arriba) y todas las cañerias bajan sobre nuestra cama, lo cual no nos permite dormir hasta que TODOS los vecinos estén en cama. Es decir, llevamos meses durmiendo menos de 5 horas. ¿Hay alguna opción de que podamos rescindir el contrato por estas razones?

Muchas gracias.

  • Preguntado por: NereaZubiaurre
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Como complemento recordar queen los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     En http://www.pedrohernandezabogado.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Un contrato solo puede ser rescindido por acuerdo entre las partes (ustedes y el arrendador) o por orden de un juez.

    Para intentar conseguir la orden del juez, necesitarán un informe pericial sobre la inhabitabilidad de su vivienda, y a continuación contratar a un abogado que interponga una demanda en el juzgado.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Por ese motivo no.

    si el contrato es posterior a 6 de junio lo que si se puede es desistir una vez pasados 6 meses y con la preceptiva notificacion previa.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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