Buenas tardes, LM: 
 Si en su contrato se estipuló que el pago de la renta se realizará por meses adelantados, dependiendo del periodo de pago de la renta usted deberá abonar o no la mensualidad completa. VG Si el periodo de pago es del 1 al 9 de cada mes y usted abandona el inmueble el día 10 deberá abonar el mes entero. Si lo abandonara el día 8 sólo tendría que pagar  días de renta.   
 reciba un cordial saludo.     
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