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Veronica Daniela briozzo

casero/a

Clausula de penalización por finalizar el contrato de forma anticipada
Buenas, Estoy pensando en rescindir mi alquiler, y en el contrato firmé que si me voy antes del año el dueño me retiene toda la fianza.  Como es mi primer contrato de alquiler no tenía idea si la clausula era abusiva, pero leyendo la ley indica que si me voy antes del año y después de los 6 meses obligatorios, debería pagar proporcional, y que además si la clausula del contrato indica algo superior a esto, no debería abonar nada ya que la clausula queda nula. Es así? Qué debo hacer si el dueño no quiere aceptarlo? Gracias!
  • Preguntado por: Veronica Daniela briozzo
  • Hace 4 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (8)
Victor G ha sido el primero en contestar
PdC sociedad inmobiliaria ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Veronica Daniela briozzo

    casero/a

    Muchas gracias por la ayuda!
  • Victor G

    inquilino/a

    Cierto, el desistimiento anticipado permanece en 30 días, es la no renovación la que sube a 60.
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Siento rectificarte Victor, pero el preaviso para desistir es de 30 días. Los dos meses es para no entrar en la prorroga una vez cumplidos los 5 o 7 años.
    Un saludo
  • Victor G

    inquilino/a

    Para futuros lectores, una aclaración.
    El preaviso de 30 días es para contratos de la LAU 2013. Para contratos afectados por la LAU 2019 y por la breve reforma de diciembre de 2018, el preaviso del inquilino sube a dos meses.
    En todos los casos es ilegal elevar el preaviso que el inquilino debe dar para desistir del arrendamiento.
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días, Al igual que la otra estipulación, también es nula. El presaviso es de 30días, no pudiendo   aumentar  el plazo por ser un acuerdo en contra del arrendatario.

    Un saludo PdC Sociedad Inmobiliaria
  • Victor G

    inquilino/a

    Tampoco es legal. Los contratos no pueden estar por encima de la ley, y la cláusula que le exige dos meses de preaviso a usted es nula y se tiene por no puesta en el contrato. Usted sólo debe dar 30 días de preaviso.
  • Veronica Daniela briozzo

    casero/a

    Gracias por la respuesta. En el contrato dice también que debo avisar mínimo con 60 días de anticipación, eso es legal? Saludos
  • Victor G

    inquilino/a

    Está usted en lo cierto. Si el dueño no lo acepta, quizá le cueste menos aceptar una demanda en los tribunales (las que reclaman hasta 2.000 euros no exigen abogado ni procurador).


    El periodo mínimo de permanencia son seis meses y la LAU prohibe elevarlo.
    La indemnización por desistimiento anticipado ha de figurar obligatoriamente en el contrato, y efectivamente tiene el tope máximo de una proporción de una mensualidad por año incumplido. Pero si no figura en el contrato, el propietario no tiene derecho a esta indemnización.
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