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SCM

casero/a

Puedo romper un contrato de alquiler? Cómo puedo hacerlo?

Buenos días,

Hace unos años compré un piso para irme a vivir, pero al cabo de un año la situación fue insostenible y tuve que irme a vivir con mis padres y alquilarlo por necesidad para poder pagar la hipoteca. El contrato es de 5 años, pues en principio mi idea no es ocuparlo antes de ese tiempo, pero estoy cansado de cobrar siempre tarde. En el contrato se especifica que debo cobrar por anticipado, pero siempre estoy cobrando a partir del día 15 ó 16, a pesar de tener que insistir cada mes. Además algún mes no se me ha pagado, abonándoseme la cantidad de dos plazos el mes siguiente. La verdad es que el hecho de no cobrar cuando especifica el contrato a mí me esta trayendo problemas económicos de recargo por impago en letras, etc, etc...

Puedo romper el contrato con mi inquilino? Pues mi situacion económica ha mejorado y sinceramente para tener a gente que me paga tarde, prefiero tener la misma situación, pero disfrutando yo del piso que compré.

Gracias.

  • Preguntado por: SCM
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Helena Haydeé ha sido el primero en contestar
SCM ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • SCM

    casero/a

    Muchas gracias PHOLMO.

    El hecho que el retraso no sea de un mes completo si no de medio mes, pero siempre... Es un motivo para solicitar el desahucio? Se que quiza parezca extremo por 15 ó 20 días, pero es que mi situación ya es insostenible, pues es algo que se repite cada mes.

    • Respondido por: SCM
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No puede romper el contrato unilateralmente, si no le pagan o le pagan con retraso puede instar un desahucio por falta de pago. Si previamente, un mes, ha reclamado fehacientemente el pago no podrán enervar/paralizar el deashucio pagando en el Juzgado.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • SCM

    casero/a

    Como más información, diré que este es el tercer año que está alquilado (desde el dia 1 de enero) y el primer año, me pagaron sin problemas hasta que uno de la pareja se quedó en el paro. Verbalmente accedí a que me pagaran a partir del dia 10 que es cuando el estado les pagaba (por mi parte creo que me he portado bien en ese tema) porque es lógico que al igual que la situación económica me aprieta a mí, tambien les apriete a ellos. Pero todo el segundo año ha sido un desastre, a pesar de que él ya volvía a tener trabajo. Meses atrasados enteros, ningún pago en la fecha establecida...

    Muchísimas gracias.

    • Respondido por: SCM
    • Hace 14 años
  • Helena Haydeé

    casero/a

    En principio, quién puede resolver el contrato anticipadamente es el inquilino 30 días antes del cumplimiento de cada año del mismo; no obstante dado que el inquilino está incumpliendo de manera reiterada con los compromisos de pago quizás pueda tener esa posibilidad. Ahora bien debe sopesar las consecuencias dado que por despecho, venganza etc. pueden ocasionar daños en su finca.

    Por lo pronto le recomendaría que les remita un burofax con acuse de recibo en donde les recuerda que el abono de la renta pactada debe hacerse en los días que están establecidos en el contrato y que ante el reiterado retraso, les comunica que de producirse nuevamente ejercerá las medidas oportunas. No deje pasar ni un impago más; ahora bien si toma esa decisión es posible que sus inquilinos reaccionen muy mal por ello piénselo bien y consulte a un abogado. suerte.

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