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Pepe Taberna

casero/a

Quiero alquilar mi vivienda y tengo varias dudas.

Buenas,

TEngo intención de contratar un seguro aparte de los conceptos normales de un seguro de hogar, me cubra impagados, destrozos del piso y asistencia jurídica en su caso. Con este supuesto,

¿Tengo que exigir al inquilino un aval ó será suficiente con el seguro?

¿Tengo que exigir al inquilino que contrate un seguro que cubra las contingencias normales de hogar ?

¿Hace la compañia de seguros algun tipo de investigación sobre el futuro inquilino? ¿Puede exigir que para contratar el seguro por parte del arrendador, la cia aseguradora  exija algun aval al inquilino?

  • Preguntado por: Pepe Taberna
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • propietariosatisfech

    profesional

    En primer lugar, si exige un aval bancario al futuro inquilino, ya tiene garantizado el cobro por la cuantía y la duración del aval puesto que es el banco que avala quien responde por el inquilino.

    Por otra prte, si contrata con una compañía de seguros la cobertura del cobo, le exigirá que el inquilino reuna una serie de requisitos como la justificación de unos ingresos mínimos-

    www.propietariosatisfecho.com

  • Javier Rivera

    profesional

    Estimado Pepe, te puedo contestar a la última pregunta ya que es mi campo profesional.

    nosotros solicitamos lo siguiente:

    si el arrendatario es asalariado:

    • 2 últimas nómimas y acreditación de la antigüedad en la empresa (contrato Laboral)

     

    Si el arrendatario es autónomo:

    • acreditación de la fecha de alta como autónomo en la Empresa o en la Seguridad Social.
    • Certificación de empresa del importe de sus ingresos netos anuales
    • última Declaración de la renta
    • último resumen anual de declaraciones del iva o última declaración de ingresos a cuenta del irpf.

    si deseas más información o un presupuesto del seguro sin compromiso, e puedes poner en contacto conmigo mediante el mensajero de mi perfil o en los siguientes teléfonos 963 444 963 o 600 849 242

    saludos

     

    javier Rivera

     

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Está mezclando coberturas muy distintas: El seguro de pagos nada tiene que ver con el de daños, incluso intencionados ni con la asistencia jurídica.

    Para que una compañía le asegure el cobro del alquiler le va a exigir unas condiciones previas dificiles, y luego la eficacia puede ser dudosa, le sugiero lea este enlace. Mas vale que vd mismo solicite a su inquilino un aval bancario.

    Cuestión distinta es que sea aconsejable que vd contrate un seguro de daños, responsabilidad civil y asistencia jurídica.

    Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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