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man_der

inquilino/a

¿Puedo denunciar al administrador de las fincas, del piso donde vivía, por no devolverme la fianza pasados los 30 días?

El 3 de diciembre de 2010, dejé mi antiguo piso de alquiler. Previamente, ya le había informado con el mes de antelación correspondiente, que dejaba el piso. El día 3, como comentaba, vino el administrador y agente inmobiliario, que son la misma persona, a hacer la revisión del piso por si había algún desperfecto.

Entre varias cosas me comentó que la puerta estaba arañada por un gato que tuve, que había un trozo de mármol de la cocina que había que reponerlo por que se había despegado...El señor me dijo que en un par de semanas me dirían el presupuesto y lo que me devolverían del total de la fianza, que en su día fue de 625 euros.

He estado llamando varias veces y siempre me dice que está pendiente del marmolista, que le haga el presupuesto y aún no he recibido respuesta de cuánto me tienen que devolver. Yo entiendo que los desperfectos se los cobre, pero ya ha pasado el plazo de los 30 días.

De todas formas en el papel de finalización del contrato no ponía nada de desperfectos del piso, solo las lecturas de luz y agua que tendría que abonar.

Puedo reclamar ese dinero íntegro a pesar de haber causado algún desperfecto, por el hecho de que el administrador no los haya nombrado en el papel de finalización del contrato? O bien puedo reclamar ya la parte de la fianza que me tienen que devolver? Puedo denunciarlo?

  • Preguntado por: man_der
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • man_der

    inquilino/a

    Debería entonces reclamar la fianza íntegra de los 625 euros pasados ya estos 30 días hábiles y dirijirme a un juzgado para denunciar el caso?

    Lo qu me planteo es si me saldrá a cuenta el gasto que me vaya a causar el juicio pendiente con el administrador...

    • Respondido por: man_der
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como describe los hechos debiera reclamar la devolución de la fianza con sus intereses incluso mediante un juicio monitorio.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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