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Yogp09

inquilino/a

Si se mueren los dueños del piso, y lo heredan sus hijos, ¿pueden echarnos?

Los dueños del piso que tengo en alquiler son muy mayores y están enfermos. Cuando mueran, sus hijos quieren vender el piso. ¿Nos pueden echar al fallecimiento de los dueños? ¿hay plazo de aviso?

  • Preguntado por: Yogp09
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (6)
javiersantander ha sido el primero en contestar
  • Albert Fetscher

    Albert Fetscher

    profesional

    Mientras el contrato esté en vigor y vayais cumpliendo con las obligaciones asumidas en el mismo, entiendo que no pueden echaros.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Yogp:

    Le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si el piso se vende ocurre igual que cuando se hereda, asi que libertad para vender siempre hay.

    Otra cosa es que al llevar 10 años podeis estar a expensas de que vuestro casero os comunique que no renueva para la siguiente anualidad.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • Yogp09

    inquilino/a

    Hola, llevamos 10 años de alquiler. Nos ha llamado una de las hijas, diciendo que cuando mueran los padres van a querer vender el piso. ¿pueden venderlo? Gracias.

    • Respondido por: Yogp09
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Solo pueden hacerlo con los mismos motivos que tienen los propietarios actuales pues estos se subrogan en su posicion al heredar la finca y el contrato no puede variar.

    Y cuando digo echarlos me refiero a demandarles por incumplimiento o a notificar su deseo de no prorrogar el contrato para el sexto año.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    el fallecimiento de los dueños del piso no afecta al contrato de alquiler.

    El alquiler debe ser respetado por los nuevos dueños (herederos).

    Dependiendo de la fecha del contrato (si no es de "renta antigua") podrán rescindir el contrato cuando finalice el plazo pactado (nunca antes de 5 años desde la firma del contrato).

     

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