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Medusiña

inquilino/a

Cuando llueve se inunda la plaza de garaje, ¿deberían descontarme algo del alquiler por el mal estado?

Vivo en un piso de alquiler con plaza de garaje. La plaza se encuentra en el sótano -3 del edificio y cada vez que llueve se inunda, llegando a tener agua en la plaza con una altura de 10 cm por todo el suelo. ¿Mi arrendatario no debería descontarme algo del alquiler mientras la plaza está inundada? Yo le pago por tenerla en buenas condiciones y cada invierno tengo que aguantar 3 ó 4 inundaciones.

  • Preguntado por: Medusiña
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debería recordar que en los arrendamientos siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debería considerar que en los arrendamientos siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que sea habitable/utilizable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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