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Ferdinand

casero/a

Si el inquilino ofrece pagarme tres meses de fianza por adelantado, uno lo deposito en el Ivima pero ¿el resto?

Me refiero a si es conveniente hacer el depósito de los tres meses de fianza en el Ivima o si es mejor dejar solo uno, el preceptivo, y los otros dos considerarlos en concepto de depósito, ¿es esto legal? ¿qué fórmula me interesaría para estar más protegido en caso de conflicto con el inquilino?

Muchas gracias.

Saludos.

  • Preguntado por: Ferdinand
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ferdinand

    casero/a

    Muchísimas gracias a todos.

    me ha sido de mucha ayuda.

    saludos!

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola ferdinad:

    cualquiera de las opciones planteadas es correcta, aunque desde un punto estríctamente técnico- jurídico la más acertada es la señala por la Sra Amparo y el sr Domus.

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    aqui he dado una respuesta bien larga, a ver si sale

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Amparo para ti no es una tentación, pero ambas leemos aquí continuamente como los caseros no quieren devolver la fianza y yo estoy segura que es porque se la gastan, porque los caseros profesionales como tu, son los menos, hoy día hay mucho "casero" que en realidad son personas que compraron un piso y no pueden pagarlo y estan con el agua al cuello, se van a vivr con los padres y alquilan su piso y cuando pillan el depósito se va derechito a sus gastos, porque estan caninos...no lo hacen de mala fe, pero cuando el inquilino se quierre ir ¿de dónde lo sacan si siguen tan o más caninos que antes?

     

    Para mi la garantia del sitio oficial es que no se la pueden gastar porque no disponen del dinero en su bolsillo.

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Comparto la opinión de Amparo. Yo sigo sin ver la utilidad de ese depósito en organismos oficiales cuando no desempeñan ninguna función útil para ninguna de las partes, puesto que no median ante posibles conflictos. Sería interesante conocer alguna opinión favorable.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Totalmente de acuerdo con Amparo. La fianza es una obligación entre propietario e inquilino y su depósito en organismos oficiales no es ninguna garantía de nada para nadie, puesto que no desempeñan funciones de mediación llegado un conflicto entre las partes.

    Más de una vez se ha planteado en este foro la utilidad de ese depósito en organismos públicos. Sería interesante conocer alguna opinión favorable a la constitución de fianzas en dichos organismos.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Desde luego para mi no es una "tentación". Sé que es una cantidad en depósito y punto.

    y al igual que el ivima prefiere guardarlo él a que lo guarde yo. Yo prefiero guardarlo yo, a que lo guarde el ivima.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    lo más conveniente es que lo deposites todo, evitarás tentaciones ¿para qué quieres tener un dinero que sabes que no es tuyo?

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