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msolesan

inquilino/a

¿Cuáles son los gastos que tenemos que asumir los inquilinos de la vivienda: reparaciones, etc?

Queremos alquilar una adosada, y para negociar el contrato necesitamos aclarar algunos puntos:

 

1. La calefacción funciona con gasóleo: ¿tenemos nosotros que asumir los gastos de mantenimiento?

2. ¿Cuales son los documentos que podemos exigir al propietario antes de alquilar la casa : inspecciones, si está o no al corriente de pago de las obligaciones de pago de la casa, etc.

 

  • Preguntado por: msolesan
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
nova ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    1. Sí

    2. Podeis exigir lo que os parezca oportuno, al igual que ellos a vosotros. Si alguno no está de acuerdo, pues se termina la negociación y listo. Por pedir como si quereis pedir el documento de identidad de los tatarabuelos.

    En reparaciones, básicamente es así: Pequeña reparación o mal uso/negligencia, inquilino.

    Substitución por vejustez o gran reparación donde no haya habido mal uso/ negligencia, arrendador.

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • nova

    casero/a

    Todas esas cosas que queréis 'negociar' conviene que consten por escrito en el contrato, lo normal es hablarlo con el casero antes de firmar. Eso ya es cosa vuestra.
    Lo de las reparaciones debe constar en el contrato también. En principio las pequeñas reparaciones son por cuenta del inquilino y las de mayor cuantía por cuenta del casero, a no ser que éstas se deban a un mal uso o negligencia por parte del inquilino.
    Y lo del mantenimiento de la calefacción, por lógica y para vuestra seguridad, debería ser por cuenta de quien vive en el inmueble, o sea, del inquilino.
    En cuanto a los documentos que podéis exigir al propietario (o los que el casero os puede exigir a vosotros), a parte del DNI o tarjeta de residencia que por lógica se aporta a la firma del contrato y el nº de cta. bancaria para ingresar las rentas, pues lo mismo, es cosa vuestra, y es vuestra decisión aceptar la exigencia de la otra parte o no aceptarla.
    Es muy probable que el casero os pida vuestro nº de cta. para domicilar el pago de los suministros que corran por vuestra cuenta (luz, agua, etc), a no ser que vosotros mismos os ofrezcáis a hacer el cambio, tanto de domiciliación de pago como de titularidad del contrato, si elegís esa opción. Si cambiáis la titularidad, el que exija esa opción por lógica ha de hacerse cargo de los gastos que conlleva.
    En cuanto a lo de inspecciones, no sé a qué te refieres.

    • Respondido por: nova
    • Hace 11 años
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