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ana isabel betancur

inquilino/a

Los caseros dicen que tenemos pagar por el ascensor que construyeron para el edificio. Son 600 euros. ¿Tenemos que pagarlo?

Los caseros nos enviaron la cuenta total de ascensor y dicen que entre todos los inquilinos tenemos que pagar por su construcción. Son en total 700 euros distribuidos en dos años y le enviaron la misma cuenta a todos sus inquilinos. El ascensor obviamente lo usamos pero nunca nos preguntaron si queríamos ascensor o no. Eso lo decidieron en reunion de propietarios y considero que este tipo de cosas no las tengo que pagar yo porque no soy propietaria. Puedo usar algun recurso legal para que entiendan que no tengo que pagar? Pueden ellos echarme del piso si me niego a pagar?

Por favor, necesito vuestra asesoria.

  • Preguntado por: ana isabel betancur
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola ana:

    si su contrato es de fecha posterior al 1-1-1995 usted no está legalmente obligada al pago de las obras por aplicación del artículo 21 lau 1994.

    sólo en el supuesto de que su contrato se halle en el 5º año de su vigencia y las obras puedan ser consideradas como de mejora, cabría la posibilidad de aplicar el artículo 19 lau 1994, cuya lectura también le recomiendo.

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ante todo hay qu esaber si se trata de un contarto d ealquiler de "renta antigua" o actual, si todos los ocupantes del edificio son inquilinos y la forma en que se ha acordado esa instalación.

    Sin esos datos lo que no parece fácil es que se pueda repercutir directa y totalmente todo el costo a los inquilinos.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    No la pueden echar del piso, pues en su contrato no consta ese pago.

    no le toca a usted pagarlo, a lo sumo le pueden subir el concepto de comunidad el doble del ipc, una vez al año.

    lo del recurso legal se lo dejo a los expertos, pero creo q es al revés. Pueden ellos usar algún recurso legal para que tengáis que pagar? No.

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
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