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Francisco34

casero/a

Me avisan por burofax de que se van anticipadamente y que me cobre de la fianza el mes, ¿esto es legal?

 

qué pasa si te avisan de que marchan con un burofax, y tú lo firmas como que estás avisado, pero lo que quieres es que cumplan el contrato que se pacto en 1 año? y solo han cumplido 5 meses.

quiero decir, puedes iniciar la demanda después del mismo dia 7 que es cuando tienen que pagar la renta, y la cual ya han dicho no van a pagar pues me dicen me la cobre de la fianza?

En el contrato no existe clausula de rescisión anticipada, ni tampoco indemnización, que jurisprudencia existe al respecto si los demando y reclamo los 7 meses hasta vencimiento?

 

  • Preguntado por: Francisco34
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • gusandjuda

    inquilino/a

    francisco soy inquilino y gracias a dios nuevo propietario, has contestado una pregunta mia haciendo un juicio de valor sbre mi persona lo cual habla ciertamente de ti y de tu conociemiento del sentido comun. Afortunadamente he leido algunas de las respuestas que usuarios te dan a tus preguntas y veo que no soy el unico que intenta explicarte los beneficios de la sensatez. Realmente a veces es dificil hacer que cada ley o reglamente se adapte a las situaciones reales de la vida que son cuantiosas. Las luchas de poder solo hacen que desperdicies energia que podria emplear en intentar ser feliz Agradezco tu respuesta porque a traves de ella he encontrado la solucion a mi problema.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Francisco

    Esa cláusula que has pegado sólo sirve para arrendamientos de duración pactada superior a cinco años. (Léela desde el comienzo, tú mismo has pegado este texto)

    ¿Se pactó tu arrendamiento por más de 5 años?

    No ¿Verdad?

     

    Te remito a mi primera respuesta, y, por supuesto, a la respuesta de JUAN en el post que te adjunté.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

     

     

  • Francisco34

    casero/a

    sé que esta próxima pregunta va a dar que hablar, pues he revisado muchas de las preguntas de muchos usuarios y esta es de esas que presentan cierta confusión, me gustaria que alguien que haya tenido experiencia con ella en algun asunto legal me la explicase bien, ya que es la que va a decantarme si demandar o no hacerlo.

    segun el famoso articulo 11 de la LAU "Artículo 11. Desistimiento del contrato.

     

    En arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, podrá el arrendatario desistir del contrato siempre que el mismo hubiere durado al menos cinco años y dé el correspondiente preaviso al arrendador con una antelación mínima de dos meses.

    Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización."

    este ultimo párrafo que seria el que a mi me afectaria, quiere decir que aun faltando 7 meses para cumplir el año solo me perteneceria menos de un mes segun la LAU de indepnización?

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En mi opinión, se consideran perjuicios todo lo que puedas demostrar al juez que lo han sido, y éste los considere sin lugar a dudas como tales.

    En mi página tienes modelos de fin de contrato para bajarte y personalizar: http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/

     

    Saludos

  • Francisco34

    casero/a

    Gracias de nuevo Amparo, 

    muy interesante todo lo que he leido en ese enlace.

    voy a buscar si existe un redactado en el que se firme la entrega de llaves y por tanto la posesión, reservandome el derecho a reclamar las rentas pendientes hasta que se vuelva alquilar la vivienda.

     

    se considerarían como daños y perjuicios aparte de las rentas dejadas de percibir, los gastos de mudanza que realice al otro piso, la posible perdida de mi fianza en el piso en el que yo estoy si tuviese que dejarlo, el dinero que me costo el seguro de impago que es personal y intransferible a nombre de esta inquilina etc?

     

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puedes firmar el documento de fin de contrato reservándote el derecho a emprender acciones legales.

    En este post, el abogado experto en la Comunidad JUAN expone tus opciones:

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/devolucion-fianza-piso-alquiler-a-inquilino_4792.html

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Francisco34

    casero/a

     

    Hola Analista.

    el problema es que no quieren perder ni la fianza, 

    si te avisan con solo 10 dias de que se van, y unilateralmente rompen un pacto firmado por un año tu que harias?

    ademas de ponerse pero muy borde conmigo sin que yo haya incumplido nada, el piso esta en perfecto estado y muy bien reformado, mejor que donde me he ido yo de alquiler.

    en parte es ya una cuerstión de principios, me gasto dinero en asegurarlo, me gasto en la mudanza, calculo que donde me voy voy a estar X tienpo, y para ello busco unos inquilinos que al menos este 1 año, si ellos me hubiesen dicho que no querian estar 1 año, si no solo 5 meses no se lo hubiese alquilado a ellos, y yo seguiria en ese piso a falta de encontrar alguien que si quisiese hacerlo.

    el problema de este caso es que los inquilionos son jovenes y no quieren pactar nada, solo quieren lo que piden, la fianza, y ya de momento van a incumplir el pago de este mes pues dicen que me cobre de la fianza, , pero es que la fianza no esta para eso, si no para comprobar que todo esta en condiciones cuando se vayan.

    por eso lo vuelvo a preguntar, existe la forma de que me entreguen la posesión pero aun asi poder demandarles los pagos pendientes o hasta que se vuelva a alquilar?

    no puedo firmar segun como la rescisión, por que entonces el seguro es posible que se desentendiese de todo.

     

  • Anisita82

    inquilino/a

    Una pregunta Francisco, y te merece la pena, ese dolor de cabeza de abogados, papeleos.. etc.??

    Porque yo lo que haría es dejarles marchar y cuanto antes y quedarme con la fianza.

    Firmas el fin de contrato, y con ellos delante haces la lectura de los contadores de luz, gas... etc. (Te dicen el importe en el instante) Y se lo cobras.

    Firmas resolución del mismo, entrega de llaves y penalización de fianza.

    Pero bueno, cada uno, habla de la feria como le va en ella. Yo es que no me molestaría. Soy inquilina y propietaria.

    Y a mi me daría lo mismo, si se inventan no se que, como si no. Total es su palabra contra la tuya.

    No vas a poder demostrar que han encontrado un piso mejor,... Ni aunque hubieras grabado esa conversación.

    Asi que, procura tener más vista para los próximos inquilinos, pon un precio adecuado a la zona, y deja bien clarito en el contrato que te avisen con dos meses, que la penalización por incumplimiento de contrato es tal... para que por lo menos antes de querer irse se lo piensen dos veces. Al menos que sea disuasorio.

    Pero sinceramente yo no me pondría de juicios porque unos inquilinos se vayan antes de tiempo, si no me dejan nada sin pagar... claro.

  • Francisco34

    casero/a

    hola Amparo, gracias por contestar.

    no solo no atiende a razones si no que encima miente, me acaba de llegar el burofax y en el me indica que me lleva avisando de que marcha por telefono desde primeros de abril, cuando en realidad me aviso el pasado dia 28 de abril por telefono, osea hace 5 dias, y en el burofax de fecha de hoy dia 03 de mayo me dice que deja el piso el proximo dia 10, osea 7 dias despues de recibir yo el burofax.

    ademas alega que es por motivos laborales y económicos, y es falso también, ya que en la ultima llamada me dijo que había encontrado un piso mejor y mas barato, por lo que vuelve a mentir.

    el seguro de impago se esta haciendo de rogar, pues no me asignan un abogado de momento hasta que no vean la documentación que les aporto.

    existe alguna forma de recuperar la posesión, pero poder todavía reclamar los pagos pendientes hasta la finalización del contrato? que documento seria el necesario para ello?

     

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Salvo que se vayan por un motivo como desempleo, enfermedad grave, o traslado laboral:

    La jurisprudencia viene condenando al inquilino que incumplió lo pactado a pagar las rentas hasta el fin de la anualidad o hasta que otro inquilino ocupe la vivienda.

    Otro inquilino le liberaría del pago, pero el casero no puede dormirse en los laureles, debe poner anuncios y demostrar que hace lo que puede por volver a arrendar.

    Además el inquilino incumplidor es condenado en COSTAS.

    Trate de llegar a un acuerdo con él, para evitar el pleito.

    Algo así como que si le paga, además de la fianza, 1 ó 2 meses de renta, firman un fin de contrato de mútuo acuerdo y evitan ir a juicio.

     

    Si no atiende a razones, usted decide, pero consiga que firme el documento de FIN de CONTRATO o no podrá usar la vivienda durante muchos meses.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

     

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