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akrab

casero/a

Arrendador necesidad de vivienda alquilada

 

Quiero alquilar la vivienda por plazos anuales hasta 5 años como marca la ley, pero quisiera añadir una claupsula personal y no se si es viable o legal:

Puedo como arrendador, por necesidad, volver a poner mi residencia habitual en el domicilio alquilado, como afectaria al contrato de alquiler, puedo añadirlo al contrato o ya de por si seria legal

 

  • Preguntado por: akrab
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola akbrad:

    sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Estaría bien que añadieras el motivo por el cual podrías necesitar establecer tu residencia ahí y, por tanto, invocar la cláusula de necesidad.

    por ejemplo, si te trasladaran por trabajo a la  "ciudad del piso".

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La necesidad del arrendador es un Concepto jurídico indeterminado, es decir en cada caso deberá ser invocado y acreditado ante el Juez, si el inquilino no la reconoce.

    • para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
      http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • akrab

    casero/a

    Entiendo que lo recoge la ley, pero los motivos tienen que ser divorcio, adopcion o simplemente para establecer mi residencia ahi me vale?

    • Respondido por: akrab
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Debes especificar el motivo por el cual puedes volver a necesitar la vivienda, y luego tendrás que ocuparla en los siguientes tres meses.

    Es aconsejable que esa cláusula la realice un abogado experto en la materia para evitar posibles problemas

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Debes añadirlo al contrato.  

    el artículo 9-3 de la LAU recoge el supuesto que planteas.

    en el contrato de arrendamiento de vivienda de mi página web, verás un ejemplo de cláusula de necesidad.

    saludos - Papeleos Alquiler.

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