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santiagoh

inquilino/a

Registro contrato alquiler

Hola.

Tenemos de previsión de firmar un contrato de alquiler de
temporada con un inquilino en la provincia de Gerona.

Desearíamos saber si es necesario registrar el contrato en algún lugar o estamento oficial despues de su firma, y con que plazo después de la firma.

Si el inquilino es un extrangero, ¿es necesaria alguna documentación adicional?
¿Es cierto que si el contrato es de 32 días o más, ya no es un alquiler
turístico y pasa a ser un alquiler digamos convencional?


Muchas gracias de antemano,

Santiago
  • Preguntado por: santiagoh
  • Hace 5 años
  • Categoría: Alquiler temporal
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Santiago:

    Solo añadir que hay una gran diferencia entre un alquiler temporal y un alquiler de uso turístico/vacacional, ya que en el segundo caso se aplicará la normativa específica de cada comunidad autónoma

    En el siguiente enlace encontará información sobre los arrendamiento de temporada:
    https://letradosalquileres.es.tl/Duraci%F3n-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    Reciba un cordial saludo. https://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Desearíamos saber si es necesario registrar el contrato en algún lugar o
     estamento oficial despues de su firma, y con que plazo después de la
    firma.

    Deben depositar la fianza en el incasol en un plazo máximo de dos meses desde la firma del contrato:  http://incasol.gencat.cat/es/2-serveis_i_tramits/Fiances/_f_a_q_preguntes_mes_frequents/
    Si el inquilino es un extranjero, ¿es necesaria alguna documentación adicional? 

    Sea de donde sea, deben requerirle la documentación que lo identifique, y la que ustedes consideren oportuna para convencerse de su solvencia.
    ¿Es cierto que si el contrato es de 32 días o más, ya no es un alquiler
    turístico y pasa a ser un alquiler digamos convencional?

    No depende del plazo, sino del USO, si es uso de vivienda, sea del plazo que sea el inquilino tiene derecho a estar hasta 3 años.

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