Desearíamos saber si es necesario registrar el contrato en algún lugar o
estamento oficial despues de su firma, y con que plazo después de la
firma.
Deben depositar la fianza en el incasol en un plazo máximo de dos meses desde la firma del contrato:
http://incasol.gencat.cat/es/2-serveis_i_tramits/Fiances/_f_a_q_preguntes_mes_frequents/ Si el inquilino es un extranjero, ¿es necesaria alguna documentación adicional?
Sea de donde sea, deben requerirle la documentación que lo identifique, y la que ustedes consideren oportuna para convencerse de su solvencia.
¿Es cierto que si el contrato es de 32 días o más, ya no es un alquiler
turístico y pasa a ser un alquiler digamos convencional?
No depende del plazo, sino del USO, si es uso de vivienda, sea del plazo que sea el inquilino tiene derecho a estar hasta 3 años.