Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

angel86

inquilino/a

Límites de la Deducción por alquiler en la Declaración de la Renta

Una de las normas dice,

"las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual deben superar el 10 por 100 de la mencionada suma de bases imponibles general y de ahorro del contribuyente. "


¿esto qué significa, que cada alquiler debe ser superior al 10% de la b. I o que la suma de los alquileres debe ser superior al 10% de la b. I?

 

por otra parte, las deducciones estatal y autonómicas se suman? Es decir si por ejemplo en Madrid te dan un 10% se sumaría al 10% estatal?

  • Preguntado por: angel86
  • Hace 12 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (16)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Supongo q has entendido mal a PHOLMO, pues para empezar, la pregunta no pertenece a arrendamientos, sino a fiscalidad, con lo que el tipo de "profesional" para responder esa pregunta no es un abogado

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    Si te has tomado el trabajo de enviar tantos mensajes ¿será porque en el fondo has entendido perfectamente lo que se ha dicho aqui?.

    El chico, por cierto bien informado, ha preguntado por datos MUY específicos, -estaba preocupado por su declaración, dió datos personales, colocó fórmulas, etc. etc) que tú no has respondido (que eres el "profesional"), he tenido que venir yo a respondérselos (tú estás en tu derecho a no responder, sólo dar una respuesta inicial y muy general de dos líneas y no contestar a sus preguntas concretas; pero que critiques que él y yo estuvieramos "hablando" de CÓMO obtener datos concretos que él pedía, diciendo que era una pérdida de tiempo, que no entendías porque nos ocupábamos de eso, habiendo un "Programa Padre" (¡impresionante!), a mí me pareció de persona poco conocedora del tema que criticaba a los que sí estabamos metidos en él (en lo que le interesaba al chico).

    Si no hubieras agregado esa opinión, en mi opinión fuera de lugar, yo no te habria respondido.

    Con esta me despido 

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No puedo creer lo que leo.

    en fin aquí dejo este simulador de la aeat.

    https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/dacoda0rs00w

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No entiendo el comnetario, cuando un cliente me pregunta por datos concretos, me atengo a los datos que me facilita y procuro responderle lo mejor que pueda con arreglo a mi leal saber y entender y alos datos que facilita, jamás doy la callada por respuesta.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    Pholmo, lo malo de acostumbrarse a hacer simuaciones, es que cuando un cliente te pregunta por datos concretos, difícilmente le puedes responder.... y se da la callada por respuesta ;)

     

    ¡Que gracioso/a Crazyh!

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Estoy contigo Crazyh, con lo facil que es "bajarse" el programa padre y hacer una simulación.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Que sepáis que después de leer todo el hilo y no entender nada me he tenido que tomar una aspirina.

    que dolor de cabeza :s

    xddd

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    9. 015 – [0,75 x (bi - 12. 000)] = 8382'75

    10'05%:  842'46.

    esta fue la cuenta que tú hiciste para el tramo estatal. Para el tramo autonómico, haces lo mismo:

    9. 015 – [0,75 x (bi - 12. 000)] = 8382'75

    20%:  1676,55. En principio, este sería el importe máximo que podrías deducir, pero como tú me comentas que estás seguro que el límite máximo es de 840´, pues ese será.

    en relación a ¿cómo calcular la cuota íntegra estatal y autonómica? , eso normalmente lo hace quien ya está acostumbrado y quien sea asesor fiscal, pero como veo que estás muy motivado, yo te recomendaría por ejemplo, que te leas el Manual de la Renta, que te puedes bajar de la página web de Hacienda.

    (Quizás haya una solución más sencilla, pero no se me ocurre. ).

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • angel86

    inquilino/a

    Tfe. 2010, los 840 los obtuve porque en la Comunidad de Madrid dicen que es un 20% con un máximo de 840.

    como el 20% de 9. 000 (lo que yo pago al año de alquiler) son 1. 800, supuse que no podía ser esa cantidad sino en todo caso el máximo; 840. :s

     

    ¿cuál es la Cuota íntegra estatal? ¿y la autonómica? ¿cómo averiguo esos datos?

    • Respondido por: angel86
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    Ángel,

    a tu primera pregunta (te respondo lo mismo que Pholmo), esas cantidades son anuales. Estás en lo correcto en tu exposición.

    en cuanto a las deducciones que puedes aplicarte sí, nuevamente tu cálculo es el correcto en cuanto a las cantidades a deducir para la trama estatal: te estás apicando los límites máximos, porque lo que pagas es una cantidad superior a esos límites.

    por otra parte, si los 840 euros de la trama autonómica los has obtenido aplicando la misma fórmula que para la trama estatal, y sólo cambiando el porcentaje de tu comunidad, también la has obtenido correctamente

    lo de sumar las dos cantidades  842`46+840= 1682´42, No es correcto.

    te explico, con tus datos personales vas a obtener una cuota íntegra estatal y una cuota íntegra autonómica, a Cada una de esas cuotas les vas a restar la correspondiente deducción por vivienda. Es decir,

    cuota íntegra estatal - 842. 46(*) = Cuota Líquida Estatal

    Cuota íntegra autonómica - ¿840? (*) = Cuota Líquida Autonómica

    Luego, sumarás la cuota líquida estatal más la cuota líquida autonómica, obteniendo así la Cuota Líquida Total

    (*) y otras deducciones a las que tengas derecho

    sí, debes estar pendiente todos los años de los cambios que puedan haber (y con lo movidito que está todo el paisaje fiscal en nuestro país,pues con más razón)

     

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • angel86

    inquilino/a

    Os expongo mi caso concreto:

     

    mi b. I el año pasado fué de 12. 843

     

    9. 015 &Ndash; [0,75 x (bi - 12. 000)] = 8382'75

    10'05%:  842'46 <--- Entiendo que esto sería lo que me devolverían por la deducción estatal.

     

    y para la deducción por mi Comunidad, Madrid:

     

    20% de lo que he pagado por el alquiler con un máximo de 840:

    el 20% de 9. 000 sería 1800, pero como supera el máximo: 840€

    ________________________________________________

    en total: 842`46+840= 1682´42€ ¿Es correcto?

     

     

     

    mi duda era respecto a la condición:  <>

    pero he entendido gracias a vosotros que "las cantidades abonadas se refiere a los 9. 000 anuales que pago de alquiler, que es superior al 10% de mi b. I

     

    pd: se supone que para la declaración de 2011 podrían cambiar estas condiciones, porcentajes y demás, ¿no?

    • Respondido por: angel86
    • Hace 12 años
  • angel86

    inquilino/a

    Perdona Tfe. 2010 no entiendo eso que has querido decir.

     

    la deducción estatal se aplica al "tramo estatal" de la cuota íntegra

    ¿es decir, a lo pagado a lo largo de todo el año, no?

     

    la deducción autonómica minora el tramo autonómico de la cuota íntegra (no se suman agebraicamente)

    ¿cuál es el tramo autonómico de la cuota íntegra?

    • Respondido por: angel86
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    La deducción estatal se aplica al "tramo estatal" de la cuota íntegra, la deducción autonómica minora el tramo autonómico de la cuota íntegra (no se suman algebraicamente)

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En estos casos se suele referir siempre a cantidades anuales, tanto de alquiler  Como de bi.

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • angel86

    inquilino/a

    Si pago al mes 750€, al año pagaría 9. 000.

     

    mi pregunta es, ¿qué es lo que debe ser superior al 10% de mi Base Imponible? La mensualidad (750€) o el total de las mensualidades pagadas ese año (9000€)?

    • Respondido por: angel86
    • Hace 12 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas