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DesiyCere

inquilino/a

¿Es normal firmar, en un contrato, pagar lo restante de un año si te vas en seis meses?

Alquilo un piso por 5 años, en lo cual, si me voy antes de 1 año tengo que pagar lo restante hasta hacer un año. Si me voy después de un año no pasa nada! Pero si me voy antes de doce meses. Es normal que pague por ejemplo. Si me voy al 6º mes. Que pague los otros 6 meses restantes? Es que no se si firmar. La chica me ha dicho, que es normal, y que eso está por ley de alquiler. Y no se que hacer! Por que. Y si me quedo sin trabajo a los 10 meses? O algo.  tendría que pagar dos meses mas por irme!

  • Preguntado por: DesiyCere
  • Hace 13 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No firmes por 5 años. Firma por uno, que te da derecho a quedarte hasta 5, pero no te obliga, ya que una vez al año, el el cumpleaños del arriendo, puedes decidir irte o, si callas, continuar un año más.

     

    precisamente, los contratos se firman para asegurarse de que La otra parte cumple su parte del pacto.

     

    en un contrato de vivienda de un año, las Obligaciones principales son:

    • el casero: Tenerte como inquilino como mínimo 5 años.
    • el inquilino: Pagar la renta de cada anualidad completa.

    y los derechos.

    • el casero: Cobrar la renta de cada anualidad completa.
    • el inquilino Quedarse hasta 5 años, pero con opción de marcharse una vez al año.

     

    así es básicamente.  

    y si no se cumple, la otra parte podrá demandar en los tribunales a la parte incumplidora.  

     

    lo que te quieren hacer firmar es similar a lo que condena a inquilino la jurisprudencia mayoritaria, en caso de incumplimiento. Pero olvidan, que si el piso se vuelve a arrendar de inmediato, la cosa cambiaría. Mucho.

     

    sí me parece bien pactar al inicio qué pasa en caso de deistimiento para evitar    d i s p u t a s   futuras, o acabar en un tribunal.

    en ese pacto, todo el mundo ha de ceder algo. Es decir, el casero no cobraría toda la anualidad entera. (eso es lo que él cede. ) pero también suele recibir una cantidad a cambio de ello, (lo que cede el inquilino) que no debería ser mayor a los meses que se estime estará el piso vacío.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La obligatoriedad de cumplir los plazos pactados es la misma para el arrendador que para el inquilino, le sugiero lea esto:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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