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davidmatess

inquilino/a

Años de alquiler con derecho a compra

Estoy interesado en adquirir una vivienda pero mi intención para rebajar el precio y tener más posibilidades de que me den la hipotica, es firmar un contrato a cinco o más años. Pero me estoy encontrado que algunas inmobiliarias me están diciendo que tras una modificación en la ley del año pasado, no se pueden firmar contratos de más de tres años. Tres años es el máximo. Por otro lado, otros asesores me dicen que el número de años es una cantidad a negociar entre las partes. ¿Alguien me puede informar sobre este asunto y mandarme enlace al BOE donde se aprobó esta modificación de la ley? Gracias.

  • Preguntado por: davidmatess
  • Hace 9 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (4)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    La modificación que señalas es la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.

    http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-5941

    No obstante, como ya te he comentado, lo mejor que puedes hacer es acudir a un abogado especializado.

    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,

    Contradiciendo a mis compañeros, señalar que puedes acordar el plazo de arrendamiento que quieras, 1, 3, 5, 8 o 27.

    La LAU lo único que señala es que si la duración es menor de 1 año, se prorrogará automáticamente hasta un mínimo de 3, es decir, garantiza al arrendatario una cierta estabilidad  (3 años) para no tener que andar mudándose cada año, aunque se pueden pactar plazos mayores.

    Lo que sí que te aconsejaría es que acudieras a un abogado especializado Derecho Inmobiliario para que redacte un contrato defendiendo tus intereses y negocie las condiciones por ti. Los arrendamientos con opción de compra son contratos con muchas cuestiones que regular.
    http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra/
    http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra-ii/
    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Graciani Asesores

    Graciani Asesores

    profesional

    El contrato de arrendamiento es de un máximo de 3 años, prorrogable por uno más, esto viene en la LAU. En cuanto a la opción de compra, su inscripción máxima es de 4 años, salvo que el contrato de arrendamiento tenga una duración mayor, puedes verlo en el artículo 14 de   el Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
    Un saludo

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    La opción de compra te la pueden firmar a la cantidad de años que ellos quieran, y vincular ese derecho a compra a que permanezcas alquilada en la vivienda la cantidad de años que te den para dicha opción.

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