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Javvosega

inquilino/a

¿Se debe pagar el mes completo si abandonas el piso el día 18?

Tengo actualmente un contrato de piso en el que no he finalizado el año de contrato, pero hice añadir una cláusula por la cual avisando con un mes de antelación puedo rescindir el contrato sin penalización alguna. 

Mi duda es si avisó hoy día 18 y salgo el día 18 del mes de abril, ¿debo pagar el mes completo?¿se debe pagar sólo por los días disfrutados?

Muchas gracias.

  • Preguntado por: Javvosega
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Jawo:

    AP Valladolid, Sec. 3.ª, 27-1-2011: “ Considera el recurrente que la cantidad pendiente de pago es 2.020,15 euros, sin descontar, por tanto, la parte correspondiente a la segunda mitad del mes de febrero. El argumento esgrimido es que en el contrato se pactó que la renta se pagaría por meses adelantados, dentro de los cinco primeros días de cada mes. Comoquiera que las llaves se entregaron el día 15 de febrero, a la fecha de presentación de la demanda estaba vencido el pago de todo el mes.El vencimiento y exigibilidad del pago se establece, por tanto, con carácter anticipado, lo que legitima al acreedor demandante para exigir, por completo, el pago de la última mensualidad si la demanda se presenta con posterioridad al periodo de pago pactado en el contrao  los siete primeros días del mes (si no se estipula otra cosa).Este es, en efecto, el criterio de la Sala, que es conforme con la generalidad de las Audiencias Provinciales (v.gr. SS AP Soria, sec 1º, 19-6-2012, AP Málaga de 25 de mayo de 2.006 o Barcelona de 19 de septiembre de 2.008).

    Reciba un cordial saludo.

     despacho Armando García Fernández.

     http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lo normal es por meses completos.  

    habría que leer su contrato y su cláusula despenalizando el desistimiento.

    saludos - Papelos Alquiler.

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