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usuario eliminado

¿Es posible que no me devuelva la fianza por no cumplir el contrato de un año de aquiler?
Hola, somos una pareja joven, nos gustaría cambiarnos a un piso económico, esa es la duda, nos devolverá la inmobiliaria el dinero de la fianza? por favor, necesito respuesta, gracias
  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (13)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • IGomez

    casero/a

    Una puntualización a María José Ruiz, la LAU no dice expresamente lo que comentas. Mira lo que dice la LAU al respecto:

    "Artículo 11. Desistimiento del contrato.

    En arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, podrá el arrendatario desistir del contrato siempre que el mismo hubiere durado al menos cinco años y dé el
    correspondiente preaviso al arrendador con una antelación mínima de dos meses.

    Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización."

    Como ves, hace referencia todo el tiempo a contratos de "duración pactada superior a cinco años". En la LAU no se hace referencia a los contratos de duración pactada no superior a cinco años (que son la mayoría), así que en esos casos se tiene que echar mano de la jurisprudencia que mayoritariamente se inclina a que el casero pueda pedirle al inquilino que se va antes de tiempo a que le pague las rentas pendientes o hasta que encuentre nuevo inquilino. Pero también puedes leer las respuestas que han dado al respecto otros expertos mucho más conocedores de la materia que yo:

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/devolucion-fianza-piso-alquiler-a-inquilino_4792.html

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/dejar-pisos-en-alquiler-antes-fin-contratos_5207.html
    • Respondido por: IGomez
    • Hace 14 años
  • MJR

    inquilino/a

    Depende de lo que firmaras en el contrato. Lo mejor es siempre pactar la cesión del contrato tipo: aviso con un mes o dos meses de antelación y te la devuelve. La LAU contempla que si no avisas tendrías que indemnizarlo con un mes por cada año que no hayas cumplido. Dice expresamente que en un contrato inferior a un año o de un año se hará la parte proporcional a lo no cumplido. Es decir, no llega ni a una mesualidad. Que no te hagan pagar más!
    • Respondido por: MJR
    • Hace 14 años
  • atria

    inquilino/a

    Hola de nuevo:

    Al parecer ayer se me olvidó ponerte el número, lo siento. Es el 902 21 21 92, Línea de asesoramiento gratuito en arrendamiento. No dudes en llamar, están para eso. Yo en tu lugar sí que hablaría con el casero, yo lo hize, y te aseguro que el mío era un auténtico .... bueno,no era una persona fácil para nada. Yo había dejado 2 meses de fianza al principio, 1000 euros. Yo pagué el último mes con la mitad y la otra mitad estoy pendiente de que me la devuelva cuando pague lo que queda de luz y agua y comunidad de este mes. Esto no es lo más legal, pero sí que es una práctica bastante habitual. Yo lo hice así porque tuve muchos problemas con él y tenía miedo que se me quedara con los 1000 euros, así que opté por arriesgarme a perder sólo 500. Al final él se dió cuenta de que todos tenemos este tipo de problemas económicos, y más hoy día, y me devolvió todo. Pero ya te digo que no es lo legal, sólo te comento mi caso. En tu caso la cantidad a devolverte de fianza no es muy elevada, así que te aconsejaría que se la dejaras como "penalización" y así te evitarías un montón de preocupaciones ... pero claro, el caso económico de cada uno es muy particular. Me adhiero al dicho, muy popular por aquí de "es mejor un mal acuerdo que un buen juicio". Mucha suerte, ya me contarás en que queda.
    • Respondido por: atria
    • Hace 15 años
  • usuario eliminado

    hola, Atria te agradezco muchísimo la información de tu parte, la verdad que estamos muy desesperados con mi pareja y no sabemos si conversar con el casero o no. Bueno me gustaría que enviaras los números de teléfonos para poder asesorarme bien antes de tomar cualquier decisión. Otra vez muchas gracias por todo, saludos
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • atria

    inquilino/a

    Hola George25.

    Yo estuve hasta ayer mismo en tu misma situación. Yo tenía un piso alquilado (como inquilina) por duración de un año prorrogable a 5. Mi contrato era un contrato tipo y estipulaba que si no quería prorrogar al vencimiento de una año, daría un preaviso de 1 mes al arrendador. El caso es que me tuve que ir antes, a los 7 meses de contrato. Se lo comuniqué al arrendador con algo más de un mes de antelación vía burofax (me valió unos 18 euros, pero te curas en salud), diciendóle la razón por la que me iba, en este caso motivos profesionales.

    Él me puso alguna pega, pero al final transigió y no me penalizó. De todos modos, lo máximo que te podrían pedir en caso de penalizarte, sería una mensualidad dividida por los meses que te queden hasta cumplir el año si el contrato estipula un año prorrogable, o una mensualidad por cada año restante si es de 5 años el contrato. En mi caso hubieran sido 500 euros / 12 meses y X 5 meses que me restaban = 208,3 euros.

    Esta es mi experiencia y todo lo que te puedo decir, ya que me asesoré con abogados y la Oficina del Consumidor. También existe un teléfono de asesoramiento gratuito en el que te informan muy bien y te devuelven la llamada, línea de asesoramiento gratuito en arrendamiento. Te recomiendo que llames.

    Si necesitas algo más estaré encantada en ayudarte.

    Un saludo.
    • Respondido por: atria
    • Hace 15 años
  • leire camila

    inquilino/a

    Hola George; todo depende de cómo esté estipulado el contrato, si en el contrato no pone nada y la inmobiliaria no te quiere devolver la fianza, no vas a poder hacer nada entre comillas, te sugiero que hables con un abogado para que te diga que formas hay para conseguir esa fianza, hay diferentes formas, lo que pasa es que pueden pasar muchos años. Espero que te sirva de algo, un saludo.
  • LolaG

    casero/a

    Te recomiendo también la lectura de estas preguntas que hablan sobre dejar el piso antes del vencimiento del contrato en alquileres de duración no superior a cinco años:

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/devolucion-fianza-piso-alquiler-a-inquilino_4792.html

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/dejar-pisos-en-alquiler-antes-fin-contratos_5207.html
    • Respondido por: LolaG
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Recomiendo la lectura de mi blog para aclarar conceptos. Hay posts como estos que tratan el tema:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.htmlhttp://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/la-fianza-obligatoria-en-los.html

    A tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.

    Pedro Hernández Olmo, abogado
    Web: pedrohernandezabogado.blogspot.com
    Teléfono: 976 399191
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • usuario eliminado

    Hola, Uriarte se te agradece la intención de ayudarnos es una buena información, si no es mucha molestia que nos dieras el teléfono del abogado de bcn para proponerle el caso. saludos
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • uriarte

    inquilino/a

    Creo que lo correcto es leer el contrato y ver que dice al respecto. No creo que la respuesta adecuada sea la de "como mínimo la fianza", ya que creo (habría que consultarlo) que el fin de la fianza es únicamente hacer frente a los gastos que se puedan derivar de un mal uso de la casa por parte del inquilino. Es decir que el arrendador te tiene que devolver la fianza y otra cosa es que por contrato se te penalize por dejar la vivienda antes de fin de contrato. Te recomiendo que antés de firmar un contrato acudas a un abogado con el borrador, por unos 30 euros podrás dormir tranquilo sabiendo lo que has firmado y defendiendo tus interesés y derechos.
    • Respondido por: uriarte
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¡Claro que podéis hablar con él! Pero el conocerle no creo que cambie mucho las cosas. Otra cosa sería que consiguiérais otro inquilino de tal modo que el no tenga el piso vacío ningún mes... En ese caso tal vez os devuelva la fianza.
  • usuario eliminado

    Gracias, Amparo por tu respuesta.

    Mi novia y yo firmamos un contrato con una inmobiliaria pero conocemos al casero, ¿podemos hablar con el y exponerle este caso? .... es la primera vez que alquilamos un piso ... saludos
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Además de posible, es muy probable.
    ¿Para qué crees tú que se firman los contratos?

    Habéis firmado un contrato por un año que estipula derechos y obligaciones de las partes.

    Ellos no te pueden poner en la calle esta tarde - pues tienes un contrato de alquiler - y tú, si te marchas antes de tiempo... pierdes, como mínimo, la fianza.

    ¿Qué esperabas?
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