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alonsoEnAlquiler

casero/a

¿Puedo vender mi piso que tengo en alquiler antes de los cinco años?

Hola
soy propietario de un piso que tengo alquilado desde hace 3 años. Necesito venderlo.

he de esperar a los 5 años?

gracias

  • Preguntado por: alonsoEnAlquiler
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (15)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Joaquin Paretas Ferr ha sido elegida Mejor Respuesta
  • chusca

    casero/a

    Si al comprandor no le interesa el alquiler también puedes intentar llegar a un acuerdo con el inquilino pagándole una indemnización si abandona el piso

    • Respondido por: chusca
    • Hace 12 años
  • Joaquin Paretas Ferr

    profesional

    Sí, puedes venderlo, pero el comprador quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que dimanan del contrato de arrendamiento.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Creo que mi anterior aportación ha quedado escueta.

    Si las obras son necesarias y no se pueden postergar, su inquilino las va a poder reclamar, pero si las reclama y usted no las hace, las tendrá que hacer él y luego reclamarle el importe.

    Si son obras de mejora, a los 5 años podrá aplicar el artícul0 19 para incrementar el alquiler.

    Le recomiendo que se lea los artícul0s 19, 21,22 y 23 de la ley de arrendamientos urbanos

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Todo es cuestión de pactarlo. Si acepta ese pacto, sí.

    también habría que ver si esas reformas de las que habla son necesarias para la habitabilidad y si se las puede reclamar.

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • alonsoEnAlquiler

    casero/a

    Crazyh

    Ante todo gracias por tu colaboracion y aportaciones

    Ante tu propuesta de bajarle la cuota para hacer las reformas, me pregunto

    Si le hiciera una reforma de calidad y duradera, podria aumentarle las cuotas despues?

     

     

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Puede probar a hacerlo a la inversa. Que le pague a usted la mensualidad y con esa mensualidad contratar a quién le haga las reformas

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • alonsoEnAlquiler

    casero/a

    La opción de descontar del alquiler las reformas ya la hicimos hace un año. Le desconté 200 euros al mes para las reformas y confié su gestion al inquilino.

    El resultado fue que utilizó materiales de calidad cuestionable y un año mas tarde yo lo veo todo peor y he perdido 2400 euros...

     

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Una solución sería el descontar las reformas de la cuota de alquiler

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola alonso:

    1- Sí, su arrendatario puede negarse a enseñar el piso a futuros compradores.

    2- Respecto a las reformas, le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Reparaciones-en-la-vivienda-arrendada.htm

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Pues lo mas adecuado sería entonces buscar una solucion consensuada para resolver el contrato.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • alonsoEnAlquiler

    casero/a

    Hola

    Gracias por las rapidas y eficientes respuestas...

    La situacion es que el inquilino no puede pagar el precio de mercado y yo no tengo dinero para las reformas que necesitaria el piso

    Se puede negar a que visiten el piso y exigirme las reformas?

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Añadir también que sus inquilinos no tienen ninguna obligación de dejar entrar ni a usted ni a nadie a visitar la vivienda y que, para recuperar la vivienda a los 5 años, deberá comunicar su decisión, de forma fehaciente, con 30 días de antelación a la finalización del contrato. Se agradece que, si lo tiene tan claro, lo haga con más tiempo.

    Un saludo

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Puede venderlo con el contrato de arrendamiento en vigor. Deberá ofrecer al inquilino la posibilidad de comprarlo igualando el precio de venta y demás condiciones; es decir el inquilino no pone el precio, pero en igualdad de condiciones con el tercero, él tendrá preferencia. Debe cumplir con ciertos trámites de comunicaciones fehacientes (preferiblemente por vía notarial).

    El contrato se mantendrá en vigor mientras dure el tiempo contractual o legal (5 años).

    De todas formas le será más sencillo encontrar comprador con la vivienda vacía.

    www.asistencialegal.net

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para ampliar la impecable respuesta del compañero Pedro Granada puede leer esto: http://www.pedrohernandezabogado.com/2008/12/adquisicion-preferente-del-inquilino.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No, puedes venderlo cuando te plazca. Eso si, los inquilinos tienen derecho de adquisicion preferente, deben ser notificados y en caso de no ejercitarlo, el nuevo propietario debera subrogarse en tu posicion y respetar el contrato de arrendamiento.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

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