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luisbelos

inquilino/a

Para la Comunidad de Madrid, ¿Es obligatorio para el arrendador consignar la fianza en el IVIMA siempre?

Este año no he podido aplicarme la deduccion autonómica por culpa de que el arrendador no tenía la fianza depositada en el IVIMA.

El caso es que ahora le he exigido que lo haga, para al menos poder deducir el año que viene y, debido quizá a las discusiones que ha provocado este asunto, parece que no le sale de las narices consignarla.

¿Puedo denunciarle al IVIMA y exigirle ese justificante?

Gracias.

 

  • Preguntado por: luisbelos
  • Hace 10 años
  • Categoría: Ayudas alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • luisbelos

    inquilino/a

    Muchas gracias por la pronta respuesta.

    Sobre las opciones que me dais, ¿no está prohibido que la fianza se destine a cubrir mensualidades. Es decir, que la fianza es única y exclusivamente para la función a la que está destinada?

    Por mi parte empezaré a moverme consultanod al IVIMA y a algún abogado, porque van pasando los meses y mi casero no da su brazo a trocer. Esto implica que cada mes voy perdiendo dinero.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si es obligatorio.

    Todavía mejor que denunciarle:

    Podéis ingresarla vosotros, enviando a continuación un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo en el que le informéis de que como no aplicó la cantidad que le dísteis en tal fecha a la fianza, pues que aquella cantidad la aplique a la renta de julio de 2013 y que la renta de julio de 2013 la habéis ingresado como fianza en el ivimal.

     

    aquí el abogado PHOLMO explica como hacerlo.

    http://blog.enalquiler.com/2012/actualidad/no-te-pilles-los-dedos-al-deducir-tu-alquiler/#comments

    PHOLMO dice: 
    Friday, 11 May 2012 a las 10:26

    Después de publicado este trabajo, me he percatado que existe una medida que puede tomar el inquilino:
    Proceder al depósito de lafianza, mediante un escrito razonado al Organismo que debe recibirla, comunicando de modo fehaciente al arrendador haber efectuado dicho depósito en evitación de problemas fiscales, acompañando copia sellada del referido escrito y anunciando que deberá aplicar a alquileres la cantidad que tiene en su poder, puesto que fue entregada en concepto de fianza y no ha sido depositada, con lo cual el mes próximo no se abonará.



    Read more: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/alquiler-hacienda/casero-ingreso-fianza_49822.html#ixzz2XSkqsvFe

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