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EVA

casero/a

Impago alquiler y consumos
Buenos días, alquilé mi vivienda mediante una inmobiliaria. Este mes los inquilinos no me han pagado el alquiler completo debiéndome también el consumo de luz, gas y residuos.Quiero finalizar el contrato de alquiler con ellos ( llevan menos de 6 meses y es para un año). ¿ Cómo lo debo de hacer para no ir en contra de la ley? Estos trámites, ¿ los debe hacer la inmobiliaria? Por ley ¿les tengo que devolver la fianza? Gracias de antemano. 
  • Preguntado por: EVA
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (3)
PdC sociedad inmobiliaria ha sido el primero en contestar
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    No acabo de comprender en que discrepa conmigo, si precisamente lo que le he puesto es que en caso de impago deberá demandar para que se de por resuelto el contrato...
    Igual no me ha entendido.
    Un saludo
  • EVA

    casero/a

    Buenas tardes, discrepo con usted; según BOE " Artículo 27. Incumplimiento de obligaciones. 1. El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil. 2. Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas: a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario."
    • Respondido por: EVA
    • Hace 6 años
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Siento decirle que no puede finalizar el contrato por su mera voluntad de hacerlo.
    Durante los 3 primeros años sólo puede finalizar el mismo de manera unilateral el arrendatario.
    Si se ha producido una el incumplimiento de una obligación, tiene el derecho de exigir el cumplimiento o promover la resolución del contrato, como en el caso de impago de renta, pero para ello necesitará acudir a un juzgado a través de la correspondiente demanda
    Un saludo!
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