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Mario

inquilino/a

Casero desastroso
Buenas a todos Les cuento acabamos de mudarnos a un piso esto no hace más de 3 semanas en el cual el casero le quedan por termonar cosas como llevarse los restos de los inquilinos anteriores terminar un baño y arreglar el lugar donde va la lavadora llevamos esperando por el las lismas 3 semanas y nos da largas aparte de eso nos salió esta semana una gotera en la cocina en la cual tubimos que hacernos cargo nosotros de hablar con la vecina. Para que avisase a sus seguro eso por una parte ayer nos mando a un supuesto empleado para retirar sus cosas y terminar lovque el mo había terminado pero resulta que este señor lovque hace es darnos oargas diciebdovque no puede llevarse todo porvquevsu coche no está adecuado para ello y cuando va a poner la toma de agua en la despensa para la lavadora nos hinunda la despensa a todas estas cosas muestro querido casero mo da señales u nosotros la verdad es que queremos irnos por quev ya no estamos nada agusto aki por estas cuestiones pero necesitamos saber cual seria la la forma correcta. Podenos irnos sin más o tenemos que esperar los 6 interminables meses?  nos tiene qye devolver la fianza o no? Muchisimás gracias de antemano
  • Preguntado por: Mario
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    De acuerdo con Óscar.
    Solo añado (para su información) que dada la calaña de su casero, es probable que para cobrar esa factura tenga usted que acudir a la vía judicial.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola, No, no puedes irte sin más. Si es vivienda habitual, el periodo mínimo que tiene que permanecer en la vivienda es de 6 meses, una vez transcurrido este periodo puede abandonarlo con el preaviso de 30 dias. Y, solo deberá pagar penalización, en caso de que el contrato sea de un periodo mayor a 6 meses, y el importe de esta penalización, será de un mes de renta por año de incumplimiento, y en el caso de que este periodo sea menor de un año de la parte proporcional.
    Lo que si está en su derecho es notificar de forma fehaciente al arrendador que si las cosas no las deja solucionadas en un tiempom prudencial, 3 - 4 dias, las solucionara usted pasándole la fectura del coste de lo realizado.
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