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Adna

inquilino/a

En el contrato de alquiler que voy a firmar tengo esta cláusula. ¿Es correcto que me cobren con efecto retroactivo?

Dice que me aplicarán anualmente el ipc cada año sin ningún tipo de preaviso. Que debido a que los datos se conocen con retraso, la acomodación de la renta se retrotraerá en sus efectos a la fecha en que termina el periodo a revisar siempre que no se demore en más de tres meses. Hasta entonces se satisfará la renta correspondiente al periodo anterior, que se entenderá recibida a cuenta de la que realmente proceda.

Gracias

 

  • Preguntado por: Adna
  • Hace 11 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (1)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
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