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Rubén Rocha

inquilino/a

Seguro de Impago de Alquiler

Hola,

Mi pregunta es:

Si soy un inquilino cuyo arrendador está cubierto por un seguro de impago de alquiler de, por ejemplo 6 meses (es decir, el seguro pagará a arrendador hasta 6 meses de renta en caso de que yo no pague por fuerza mayor) y en ese tiempo se inicia el correspondiente proceso de desahucio...

¿El seguro me reclamará a mí después las mensualidades que pagaron al arrendador? Es decir, ¿quedaría con una deuda por los pagos que hace el seguro al arrendador? ¿No cubre la propia cuota anual que se paga por tener ese seguro la contingencia?

Me han hablado de que la "ley general del seguro" repercute o "repite" lo abonado por la compañia aseguradora al arrendatario, al inquilino. Pero entonces ¿qué razón tiene la cuota anual que se abona por el seguro?

Por favor, si algún experto puede ayudarme con el funcionamiento real de estos seguros lo agradecería.

Un saludo.   

  • Preguntado por: Rubén Rocha
  • Hace 8 años
  • Categoría: Seguros de alquiler
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • SERGIO alquiler

    profesional

    EL sentido lo tiene amigo por que el asegurado es el propietario y no el inquilino al propietario no se le reclamará nada pero al inquilino moroso se le reclamará todo. Es decir que haya un seguro que cubra al propietario no quiere decir que el inquilino sea la compañía. Y cuidado que luego las compañías venden sus deudas al cobrador del frack...
  • Graciani Asesores

    Graciani Asesores

    profesional

    El beneficiario del seguro es el arrendador no usted, por lo que si no pagase la compañía de seguros irá contra usted.
    Un saludo
    http://www.gracianiasesores.com
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Efectivamente, si tu no pagas la renta, el seguro paga al arrendador y luego te reclamará a ti lo pagado, mas gastos judiciales e intereses. 
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