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isabel79

inquilino/a

¿Cuánto tiempo debo esperar a que la propietaria me repare la vitrocerámica?

os explico: el dia 15 de febrero alquile un piso. me di cuenta de que la vitroceramica no funcionaba, estuve un mes sin poder cocinar (tengo una niña de un año y medio) un mes despues vino un tecnico y cambio una placa la vitroceramica funciono una semana llevo ahora mas de una semana sin poder cocinar. y otra cosa el agua caliente dura cinco minutos, es decir te duchas con agua fria cosa que tambien le dije y pasa de todo. es una señora mayor muy tacaña y no se por donde tirar. le mande un burofax explicandolo y diciendole que si ela no lo reparaba me veria obligada a repararlo yo y habria que descontar el importe de las facturas de la mensualidad ya que son reparaciones que le coresponden a ela. no se si hice bien o que mas puedo hacer. si alguien puede decirme algo estaria muy agradecida. gracias y un saludo a todos

  • Preguntado por: isabel79
  • Hace 12 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Paolo_x

    inquilino/a

    No hicise bien del todo.

     

    vuelvele a enviar el burofax; dale 3 dias para solventarlo y si no lo hace reparalo tu, guarda las facturas y girale el coste a la cuenta que haces la transferencia.

     

    si te la devuelve, deberás ir al juzgado.

     

    ah, el burofax con acuse de recibo y certificación de textos.

     


    si no lo ves claro, acude a un abogado. Pedro es una opción; o sino mira en el colegio de abogados de tu cuidad.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debería considerar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     En http://www.pedrohernandezabogado.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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