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Itziar Aguirre

inquilino/a

¿Debo seguir pagando los desatascos?

Vivo en un piso de alquiler y tengo continuos atascos en una misma tubería.Hasta ahora he pagado yo los desatascos pero la última vez que ha venido un fontanero de mi compañia deseguros ha emitido un informe en el que figura como causa del siniestro DEFECTO DE INSTALACION DE SUS DESAGÜES. He comunicado el problema a los propietarios mediante un burofax y he recibido el silencio como respuesta. El problema persiste y el agua dela lavadora sale por la fregadera. Debo seguir haciendo frente al desenbolso que supone un nuevo desatasco?¿Cómo puedo solucionar definitivamente el problema? ¿Debería llamar a un perito que certifique el problema? ¿Es normal 4 atascos en 2años en una misma tubería haciendo un uso normal ? ¿Debo poner el caso en manos de un abogado?

Gracias por su inestimable ayuda

  • Preguntado por: Itziar Aguirre
  • Hace 12 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (3)
Josep Térmens Viñas ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Añadir a lo añadido por Jan Abogado, que en caso de ser problema de la comunidad, usted tiene q reclamar al propietario, y el propietario, a su vez, a la comunidad

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Itziar:

    Debe considerarse la posibilidad de que se trate de una bajante comunitaria, en cuyo caso el obligado al pago será la Comunidad de Propietarios.  

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Hola Itziar.

    El desatasco por defecto de instalación de desagües debe pagarlo el arrendador, según el art 21 LAU ( está obligado a realizar las obras necesarias para conservar la vivienda en las condicones de habitabilidad para servir al uso convenido).

    Si el arrendador le hace caso omiso, póngase en manos de un abogado, que le dirá lo que tiene que hacer, peritaje incluido.

    http://abogadoarrendamientos.wordpress.com/

    Le recomiendo que lea en el blog las entradas de la etiqueta OBRAS y se hará una idea de quién debe reparar qué.

    Saludos.

    Josep

    Barcelona

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