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Maria Rosa M

casero/a

Tengo alquilada una casa de renta antigua y el ayuntamiento ha renovado los servicios y la pavimentación de la calle
He pagado la cuota que corresponde a la propiedad. ¿Puedo repercutir estos gastos al inquilino?

¿Qué cantidad puedo incrementar el alquiler?

M.Rosa
  • Preguntado por: Maria Rosa M
  • Hace 14 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Las contribuciones especiales impuestas por el ayuntamiento y pagadas por el arrendador no dan derecho a subir la renta, pero pueden ser repercutidas en los contratos de renta antigua como cantidades asimiladas en los mismos términos, condiciones y límites que si se tratasen de obras de conservación en la vivienda o el edificio (art. 108; 109 y 101 de la Ley de arrendamientos urbanos de 1964), salvo lo especialmente dispuesto para contratos anteriores a 1956 (arts. 108.3; 99.2 y 100.4). En resumen, el 12 por 100 anual distribuido en recibos complementarios mensuales y con el límite del 50 por 100 de la renta.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
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