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dioni

casero/a

¿Cómo tributa en Hacienda si el pago de alquiler es de 6 meses por adelantado?
Muchas gracias.
  • Preguntado por: dioni
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    La Ley de arrendamientos urbanos (art. 17.2) en ningún caso permite al arrendador de una vivienda exigir el pago por adelantado de más de una mensualidad de renta, por lo que el pacto de pagar seis meses anticipadamente es nulo.

    Por el contrario, en los arrendamientos para uso distinto del de vivienda ese pacto sería válido.

    Según el artículo 14.1.a. de la Ley del IRPF, los rendimientos del capital se imputan al período impositivo en que el arrendador pueda exigirlo. Por tanto, si en octubre se pagan seis meses anticipadamente por pacto contenido en un contrato de vivienda, a este ejercicio solo se imputan tres mensualidades, pero si el pacto pertenece a un contrato de uso distinto del de vivienda las seis mensualidades se imputan a este ejercicio.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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