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Yamila

inquilino/a

Tengo un problema
Buenas noches. En noviembre de 2015 alquile una vivienda a estrenar. Llegado el invierno notamos que tubo que va por la pared saliente del calefactor no contaba con el aislante por lo que la pared se calentaba a mucha temperatura, dando ésta a un baño y quebrando posteriormente la pared. Debido a que tengo una nena de corta edad y al riesgo de que se queme. Notifique a la inmobiliaria lo sucedido desde el momento 0. Estuvieron un año y medio dándome vueltas con que lo iban a solucionar. Pasado ese tiempo me dijeron q no iban a arreglarlo, por lo que decidí rescidir el contrato y buscarme otra vivienda .pero ahora no quieren devolverme el deposito debido a la cláusula que indica el pago de la suma equivalente a un mes de alquiler por rescindir el contrato luego de un año de realizado el mismo. Mi duda es la siguiente.. Me corresponde pagar esa multa de rescision de contrato si me fui de la vivienda por poblemas que no pudieron solucionarme. Se pueden quedar con el depósito igualmente aunque la casa haya sido entregada en iguales o mejores condiciones que cuando fue recibida? Alguien por favor con fundamento que pueda ayudarme
  • Preguntado por: Yamila
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PdC sociedad inmobiliaria ha sido el primero en contestar
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Si me dijera que pone literalmente en la cláusula que menciona le podría responder con mayor precisión. 
    Entiendo que en noviembre de 2015 inicia el arrendamiento, y el documento de finalización de contrato cuando lo firma?

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