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La Paca de Jerez

casero/a

La factura de agua incluye tasas de residuos y recogida de basura, además del consumo de agua. El inquilino debe pagar todo?

Hasta ahora siempre que he alquilado mi piso me han pagado la factura de luz y agua íntegras, pero mi inquilino actual me dice que sólo debe pagar el consumo de agua. No la recogida de basuras ni las tasas de reciclaje de agua que incluye la factura.

Tengo un contrato oficial y no especifico nada especial a este respecto. 

¿Pueden confirmarme si debe pagarlo el propietario o el inquilino? Gracias!

  • Preguntado por: La Paca de Jerez
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Alberto Oteiza ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Incluso la Dirección General de Tributos lo interpreta así: Ver enlace

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Alberto Oteiza

    casero/a

    Hola, eso dependera de lo que este puesto en el contrato

    primero los suministros como son el agua,luz.gas,etc que cuentan con un contador propio, a cargo del usuario osea el inquilino,aumque los contratos esten a nombre del propietario

    segundo los de la comunidad ( para pagar la luz de la escalera,mantenimiento del ascensor..etc ), estos gastos se consideran cuota normal de la comunidad, lo habitual es que lo pague el dueño, que es quien tiene obligacion ante la comunidad

    a no ser que en el contrato ponga lo contrario que lo pague el inquilino diciendo cual es la cuota de pago ( bien lo paga al casero directamente o este a la comunidad )

    y el IBI lo paga tambien el dueño a no ser que se le indique en el contrato que lo tenga que hacer el inquilino

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Son tasas, y por lo tanto las tiene que pagar el inquilino, estoy totalmente de acuerdo con Crazyh

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Son tasas  y las tiene que pagar el que genera las basuras, en este caso el inquilino.

    Si su inquilino no quiere pagarlas, adviértale que podrá demandarle y reclamar ese pago incluso por la vía judicial si fuere necesario. 

    Podrá reclamar ese pago, una vez avisado de la necesidad del mismo a su arrendatario, mediante un juicio monitorio, en el que no necesitará ni abogado ni procurador.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
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