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Alfonso

casero/a

Dudas por todos los lados
Hola, me presento, soy Alfonso y soy propietario de una vivienda que tuve que alquilar por motivos de desplazamiento de trabajo. El contrato de alquiler se firmó en septiembre de 2013 pero bajo el amparo de la Ley 29/1994. ¿Se trata en este caso de un contrato nulo? Segunda cuestión, quiero actualizar la renta que hasta ahora no se ha tocado. ¿Puedo decidir libremente la subida como estipula la legislación ya que se trata de un contrato firmado después de junio de 2013? o por el contrario ¿tengo que atenerme al IPC como quedó reflejado en el contrato de arrendamiento?
Muchas gracias
  • Preguntado por: Alfonso
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Alfonso

    casero/a

    Muchas gracias Amparo por tu respuesta pero yo lo decía por esto:
    La LAU de 2013 establece la libertad de pacto entre las partes a la hora de la actualización de la renta del alquiler. Así, en la fecha que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por arrendador y arrendatario, dejando el IPC General como referencia para la revisión cuando no exista pacto expreso al respecto. En este último supuesto, el contrato se actualizará aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por IPC durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización y en las sucesivas el último índice publicado en la fecha de celebración del contrato.
    • Respondido por: Alfonso
    • Hace 7 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El contrato de alquiler se firmó en septiembre de 2013 pero bajo el amparo de la Ley 29/1994. ¿Se trata en este caso de un contrato nulo?

    Por qué?  Esa es la ley actual... la que rige los contratos que se firmaban en 1995 y los contratos firmados hoy.

    ¿Puedo decidir libremente la subida como estipula la legislación ya que se trata de un contrato firmado después de junio de 2013?

    No sé qué legislación ha leído usted. La que he leído yo no permite al casero decidir LIBREMENTE ninguna subida....

    o por el contrario ¿tengo que atenerme al IPC como quedó reflejado en el contrato de arrendamiento?

    EXACTAMENTE
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