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Mlz

inquilino/a

Duda sobre dejar un piso en alquiler
Os cuento mi situación, tenemos un contrato de alquiler con duración 3 años y llevamos casi 2. El día 11 de febrero avisamos vía mail a la inmobiliaria que dejaríamos el piso el 11 de marzo, dejando 30 días de margen, alo que nos dijeron que el 11 de marzo firmaramos para irnos. Ahora nos reclaman que paguemos el mes de marzo completo. ¿Existe alguna ley donde especifique que debes avisar, antes de pagar la penúltima cuota de alquiler, y falten más de 30 dias de antelación para rescindir el contrato? Muchas gracias de antemano a todos por vuestra ayuda. 
  • Preguntado por: Mlz
  • Hace 5 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Esto es lo que su casero deberia conocer.
    Artículo 11. Desistimiento del contrato.
    El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de
    treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

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