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Laura86

inquilino/a

La dueña del piso donde vivíamos no nos devuelve la fianza. ¿A quién ampara la ley?
Para empezar diré que el piso es un ático con suelo de parquet (un parquet de muy mala calidad que tiene a casi todos los vecinos del bloque en juicio con la constructora) de haber vivido un año ahí pues está rayado en las zonas más habitadas (salón comedor y entrada).

Bueno, la cosa es que esta mujer vió el piso y se escandalizó pero no con nosotros sino con los que habían puesto el suelo como es normal y dijo que nos devolvería la fianza una vez que ella corroborara que las facturas de luz y gas estuvieran pagadas. Se demoró tanto que yo misma llamé a las compañías las cuales me dijeron que estaba todo bien y me di de baja. La he llamado y me dice que está ocupada que ya me llamará. Nunca lo ha hecho.

Ya hace casi un mes de esto y me temo que no tiene el dinero o no quiere devolverlo. Por eso, me he planteado mandar un burofax.
Yo quisiera saber si ella podría poner el parquet de excusa para quedarse ese dinero o ya transcurrido un mes ya no puede reclamar.
  • Preguntado por: Laura86
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
BUFETE JOVER ha sido el primero en contestar
BUFETE JOVER ha sido elegida Mejor Respuesta
  • BUFETE JOVER

    profesional

    El objeto de la fianza es el de asegurar los daños que el inquilino pueda provocar en la vivienda. No obstante, nos estamos refiriendo a aquellos daños que excedan de los provocados por el uso normal de la vivienda.

    Por tanto, si usted no ha realizado un uso anormal de la vivienda y los daños en el parquet son debidos a la mala calidad del mismo, el dueño no puede retener la fianza.

    En efecto, si no existen daños que excedan de los provocados por el uso normal de la vivienda, el propietario debe devolver el importe de la fianza al final del arriendo, devengando el interés legal transcurrido un mes desde la entrega de las llaves.

    www.jover-abogados.com
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