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Sebas Fer Cas

casero/a

Sin avisar a las partes de la renuncia de derechos que implica una cláusula, ¿Puede un contrato privado contravenir la lau?

Año 1: a través de Ag. Inm. Firmo contrato con 3 inquilinos.

Año2: Re-Redactamos contrato (sin Agencia) basándonos en original, cambiando fechas y datos de uno de los inq.

Año 3: Nuevo cambio de contrato por cambio de 3Er inq.

Año 4: Aparecen averías: según cláusula, todas las averías corren de mi cuenta, sin especificar importancia de las mismas.

Según la lau 21. 4, las pequeñas averías corren por cuenta de los inquilinos. Sin aviso y por mi demora, descuentan del alquiler el coste de la reparación (200€), de la que no estoy de acuerdo: cambio de pequeña pieza de la caldera por desgaste. Coste de la pieza inferior a 15 &Euro;, tiempo real de reparación inferior a 20 minut (otra cosa es lo que facturaron). Entiendo que es pequeña avería motivada por el uso. El concepto de urgencia (75€), ¿a quién le correspondería pagarlo?

  • Preguntado por: Sebas Fer Cas
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
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